Penal - Rol N° O-1270-2005
Condena por operación de máquinas de juego y suspensión de pena.
Abstracto
El Juzgado de Garantía de Colina condenó a por operar máquinas de juego (Art. 495 N° 14 CP). Se rebajó la pena y se suspendió por seis meses, ordenándose el comiso de las máquinas.
Resumen
- La Fiscal Adjunto de Colina presentó requerimiento en procedimiento simplificado contra doña por hechos ocurridos el 11 de agosto de 2005, cuando personal de Carabineros sorprendió dos máquinas de juego (una Modelo World Cup 98 y otra sin modelo) dispuestas para su uso en un kiosko de su propiedad.
- El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos de la falta prescrita y sancionada en el artículo 495 N° 14 del Código Penal, en grado de consumado, y estimó la participación de la imputada en calidad de autora.
- Conforme al artículo 395 del Código Procesal Penal (normativa anterior a la reforma de noviembre de 2005), la imputada admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, renunciando al juicio oral y público....
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