Penal - Rol N° O-3379-2006

Tribunal distingue robo por sorpresa de hurto analizando concepto "llevar consigo"

Abstracto

El tribunal analiza la distinción entre robo por sorpresa y hurto, estableciendo que el bolso sustraído, dejado a los pies de la víctima pero bajo su control, configura el primer tipo penal.

Resumen

  • El acusado fue condenado como autor del delito consumado de robo por sorpresa.
  • La víctima del delito fue , a quien se le sustrajo un bolso de lona.
  • La fiscalía acusó el delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso 2º, del Código Penal, en grado de consumado.
  • La defensa argumentó que los hechos constituían el delito de hurto, tipificado en el artículo 446, N° 3, del Código Penal, por falta de elemento sorpresivo y estimación de valor bajo cuatro UTM.
  • El tribunal determinó que la participación del acusado fue inmediata y directa, correspondiéndole la calidad de autor conforme al artículo 15 N° 1 del Código Penal.
  • El tribunal estableció como criterio central para distinguir entre robo por sorpresa y hurto, en casos si...

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