Penal - Rol N° O-1254-2015

Sentencia por daño simple de madera en Lota, artículo 495 N° 21 Código Penal.

Abstracto

Se condena a por daño simple al cortar madera de eucaliptus en Lota, imponiendo una multa de un tercio de UTM, sustituida por el tiempo de detención. Se le exime de costas.

Resumen

  • ingresó al predio Playa Blanca, ubicado en Boques Arauco, el 4 de diciembre de 2015, cortando madera de eucaliptus con motosierra, avaluada en $35.000, y colocándola en un carretón que se encontraba en el predio.
  • El delito de daño fue recalificado a 'Daño falta' por solicitud del Ministerio Público, conforme al artículo 495 N° 21 del Código Penal.
  • La resolución se fundamenta en los artículos 392 y siguientes del Código Procesal Penal, y en los artículos 11 N°9 y 495 N°21 del Código Penal.
  • Se condena a como autor del ilícito de daño falta ocurrido en la comuna de Lota el día 04 de diciembre del año 2015.
  • La pena impuesta al condenado es el pago de una multa equivalente a un tercio de una Unidad Tributaria Mensual (UTM).
  • La pena de un tercio de UTM...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora