Penal - Rol N° O-1254-2015
Sentencia por daño simple de madera en Lota, artículo 495 N° 21 Código Penal.
Abstracto
Se condena a por daño simple al cortar madera de eucaliptus en Lota, imponiendo una multa de un tercio de UTM, sustituida por el tiempo de detención. Se le exime de costas.
Resumen
- ingresó al predio Playa Blanca, ubicado en Boques Arauco, el 4 de diciembre de 2015, cortando madera de eucaliptus con motosierra, avaluada en $35.000, y colocándola en un carretón que se encontraba en el predio.
- El delito de daño fue recalificado a 'Daño falta' por solicitud del Ministerio Público, conforme al artículo 495 N° 21 del Código Penal.
- La resolución se fundamenta en los artículos 392 y siguientes del Código Procesal Penal, y en los artículos 11 N°9 y 495 N°21 del Código Penal.
- Se condena a como autor del ilícito de daño falta ocurrido en la comuna de Lota el día 04 de diciembre del año 2015.
- La pena impuesta al condenado es el pago de una multa equivalente a un tercio de una Unidad Tributaria Mensual (UTM).
- La pena de un tercio de UTM...
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