Penal - Rol N° O-709-2017
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Ovalle, Segunda Sala. * RUC: 1600482593-8 * RIT: 709-2017 * Fecha: 30 de septiembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a de amenazar a su hermana y a su conviviente . * Las amenazas habrían ocurrido en febrero de 2016, alrededor de las 14:00 horas, desde las afueras del domicilio de , ubicado en . El imputado habría dicho "Par de concha de su madre, que tiene que estar hablando que yo les vine a reventar la rueda del camión" y "que donde los pillara los iba a matar". * Se menciona un segundo incidente el 17 de mayo de 2016, a las 14:00 horas, en la misma dirección, donde el imputado habría dicho "ese par de concha de su madre, los voy a matar donde los pille". * El tribunal consideró que el testimonio de la víctima solo reflejaba discusiones y rencillas familiares, sin acreditar la seriedad de las amenazas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público calificó los hechos como delito de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, según el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5° de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar. * La Fiscalía solicitó una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales, las penas accesorias de las letras b), c), d) y e) del artículo 9 de la Ley 20.066 por dos años y costas. * El tribunal absolvió al imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * , 52 años de edad. * Guardia de seguridad. * Domiciliado en . * Soltero.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * La Fiscalía consideró inicialmente la atenuante del artículo 12 N°16 del Código Penal (condenado anteriormente por delito de la misma especie), pero la retiró en el juicio.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Intentó acreditar los hechos, basándose en la declaración de la víctima y testigos. Argumentó que las expresiones amenazantes ocasionaron temor en la víctima. * Defensa: Cuestionó la verosimilitud de las amenazas, considerando el tiempo transcurrido desde los hechos (más de dos años y medio) sin nuevos incidentes, y solicitó la absolución.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal estimó que la prueba presentada por la Fiscalía fue insuficiente para acreditar la existencia del delito y la participación del imputado. * Concluyó que el testimonio de la víctima se centraba en discusiones familiares, sin demostrar la seriedad y verosimilitud de las amenazas. * Estimó que no se había vencido la presunción de inocencia.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 296 N° 3 del Código Penal (amenazas simples). * Artículo 5° de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar. * Artículos 1, 3, 14, 15, 48, 297, 340, 342, 343, 395 y siguientes del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se impusieron condiciones, ya que se dictó sentencia absolutoria.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Ovalle, Segunda Sala. * RUC: 1600482593-8 * RIT: 709-2017 * Fecha: 30 de septiembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a de amenazar a su hermana y a su conviviente . * Las amenazas habrían ocurrido en febrero de 2016, alrededor de las 14:00 horas, desde las afueras del domicilio de , ubicado en . El imputado habría dicho "Par de concha de su madre, que tiene que estar hablando que yo les vine a reventar la rueda del camión" y "que donde los pillara los iba a matar". * Se menciona un segundo incidente el 17 de mayo de 2...
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