Penal - Rol N° O-163-2018
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco. * RUC: 1800023464-4. * RIT: 163-2018. * Fecha: 21 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por receptación de vehículo motorizado y conducir con placa patente perteneciente a otro vehículo.
• Hechos acreditados: * El 6 de enero de 2018, aproximadamente a las 20:15 horas, en la comuna de Padre Las Casas, conducía una motocicleta Kinlon JL 150 (año 2013) en contra del sentido del tránsito por calle Los Diaguitas. * La moto tenía adosada la placa patente FH-991, la cual no le correspondía. La patente correcta de la moto era QE-0954. * La motocicleta que conducía el acusado había sido sustraída a L.A.J.A. en agosto de 2014, quien denunció el robo.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por los delitos de receptación de vehículo motorizado (artículo 456 bis A del Código Penal) y conducir con placa patente perteneciente a otro vehículo (artículo 192 letra e) de la Ley 18.290), solicitando las siguientes penas: tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa de seis Unidades Tributarias Mensuales por el primer delito; y tres años de presidio menor en su grado medio, dos años de suspensión de licencia y multa de cincuenta Unidades Tributarias Mensuales por el segundo. * El Tribunal absolvió al acusado de ambos cargos.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Fecha de nacimiento: 1 de noviembre de 1988 (20 años de edad al momento de los hechos). * Ocupación: Obrero. * Estado civil: Soltero. * Domicilio: . * Antecedentes penales: No se especifica en el resumen.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El Ministerio Público consideró la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal. * El Tribunal no impuso penas, debido a la absolución del acusado.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: El acusado mantenía en su poder y conducía una moto con placa patente falsa, la cual había sido robada. El acusado conocía o debía conocer el origen ilícito del vehículo. * Defensa: El acusado adquirió la moto de buena fe, desconocía su origen ilícito y la compró a un precio razonable. No se acreditó que la moto fuera robada, ni que el acusado supiera que la placa patente era falsa.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El Tribunal consideró que la prueba presentada no demostró, más allá de toda duda razonable, que el acusado tuviera conocimiento del origen ilícito del vehículo o que actuara con dolo directo al conducir con una placa patente falsa. * El tribunal valoró la declaración del acusado, quien afirmó haber comprado la moto de buena fe, y consideró que la forma en que la adquirió era consistente con la práctica habitual del mercado automotriz. * El Tribunal destacó que no había evidencia externa en la motocicleta que indicara que fuera robada. * El Tribunal señaló que el hecho de que el acusado no tuviera licencia de conducir no implica necesariamente que supiera que el vehículo era robado o que la placa era falsa.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 456 bis A del Código Penal (receptación de vehículo motorizado). * Artículo 192 letra e) de la Ley 18.290 (conducir con placa patente perteneciente a otro vehículo). * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (participación en calidad de autor). * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (atenuante de responsabilidad penal). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (convicción del tribunal).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se impusieron condiciones, debido a la absolución.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco. * RUC: 1800023464-4. * RIT: 163-2018. * Fecha: 21 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por receptación de vehículo motorizado y conducir con placa patente perteneciente a otro vehículo.
• Hechos acreditados: * El 6 de enero de 2018, aproximadamente a las 20:15 horas, en la comuna de Padre Las Casas, conducía una motocicleta Kinlon JL 150 (año 2013) en contra del sentido del tránsito por calle Los Diaguitas. * La moto tenía adosada la placa patente FH-991, la cual no le correspondía. La patente correcta de la moto era QE-0954. * La motocicleta que conducía el acusado había sido sustraída a L.A.J.A. en agosto de 20...
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