Penal - Rol N° O-351-2018

MINISTERIO PUBLICO C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. * RIT: 351-2018. * RUC: 1800040139-7. * Fecha de la sentencia: 10 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio oral penal.

Hechos acreditados: * El 10 de enero de 2018, aproximadamente a las 16:00 horas, en calle Umbral Sur N° 2141, comuna de Peñalolén, se encontró en el bolsillo del pantalón de dos municiones sin percutir: una de calibre 6.35 marca Famae y una de calibre .380 auto. * El acusado no tenía permiso para porte y/o tenencia de armas ni para comercializar munición.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Se condena al acusado por el delito de porte ilegal de municiones (artículos 9° inciso segundo en relación con el artículo 2° letra c) de la Ley N° 17.798). * Pena impuesta: 541 días de presidio menor en su grado medio, con accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. * Se absuelve al acusado del delito de amenazas simples.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 5 de mayo de 1989. * Edad: 29 años. * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Maestro soldador. * Antecedentes penales: Condenado con fecha 8 de noviembre de 2018 a 41 días de prisión en su grado máximo y cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por robo con fuerza en lugar no habitado y robo con intimidación; y condenado con fecha 24 de octubre de 2013 a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por robo con fuerza en lugar destinado a la habitación.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El Ministerio Público, inicialmente consideró la agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal (haber sido condenado anteriormente por delitos a que la ley señale igual o mayor pena), pero se desistió de esta. * No se mencionan atenuantes.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumenta que el acusado cometió los delitos de amenazas simples y porte ilegal de municiones. Respecto a las amenazas, al no estar la víctima y el contexto que deben tener ellas, sabe que resulta complejo determinarlo. En cuanto al porte de municiones, es un delito de peligro abstracto. Solicita la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo por amenazas y 800 días de presidio menor en su grado medio por porte de municiones. * Defensa: Niega la acreditación de los ilícitos. Respecto a las amenazas, argumenta falta de elementos y de seriedad. En cuanto a las municiones, solicita absolución por falta de antijuridicidad material de la conducta, argumentando que no se pone en peligro la seguridad de la sociedad, ya que no tenía arma y que la inscripción se refiere a municiones a gran escala.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Respecto al delito de amenazas, el tribunal consideró que la prueba fue insuficiente para acreditarlo, ya que no se demostró que las amenazas fueran serias y verosímiles. * Respecto al delito de porte ilegal de municiones, el tribunal consideró que se encontraba acreditado con los testimonios de los Carabineros y la prueba material. Se estableció que el acusado portaba municiones sin tener la autorización requerida por la ley.

Disposiciones legales determinantes: * Código Penal: artículo 15 Nº 1, 21, 24, 26, 30, y 296 N° 3. * Ley N° 17.798 sobre control de armas: artículos 2, 4, 9. * Código Procesal Penal: artículos 297, 343, 468. * Código Orgánico de Tribunales: artículo 600 y 113 inciso 2°. * Ley 18.216.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El Tribunal no concede penas sustitutivas, por lo tanto, el acusado debe cumplir efectivamente la pena privativa de libertad.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. * RIT: 351-2018. * RUC: 1800040139-7. * Fecha de la sentencia: 10 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio oral penal.

Hechos acreditados: * El 10 de enero de 2018, aproximadamente a las 16:00 horas, en calle Umbral Sur N° 2141, comuna de Peñalolén, se encontró en el bolsillo del pantalón de dos municiones sin percutir: una de calibre 6.35 marca Famae y una de calibre .380 auto. * El acusado no tenía permiso para porte y/o tenencia de armas ni para comercializar munición.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Se condena al acusado por el delito de porte ilegal de municiones (artículos 9° inciso seg...

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