Penal - Rol N° O-10234-2018

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco * RIT: 10234-2018 * RUC: 1801028739-8 * Fecha de la sentencia: 28 de enero de 2019 * Tipo de procedimiento: No especificado, pero se deduce que es un juicio simplificado por la recalificación a faltas y la aplicación del artículo 395 del Código Procesal Penal.

Hechos acreditados: * Fecha: 20 de octubre de 2018, aproximadamente a las 15:15 horas. * Lugar: Calle Chacalluta N°01943, Temuco, y en la misma calle. * Conductas: * El imputado , en estado de ebriedad, llegó al domicilio de Elizabeth del Carmen Contreras Plaza, gritando improperios e insultos ("guatona culia te voy a matar") y amenazándola de muerte, mientras golpeaba la reja del antejardín y forzaba el portón, desprendiéndolo. * Previamente, en la misma calle Chacalluta, interceptó a Nataly Andrea Cartes Donjuan, diciéndole "te voy a matar yo soy choro y he estado en la cana". * Daños: Avalúo de $30.000 por los daños al portón.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación original: Amenazas simples (artículo 296 N°3 del Código Penal) y daños simples. * Recalificación: Coacción (artículo 494 N°16 del Código Penal) y daños falta (artículo 495 N°21 del Código Penal). * Pena: * Dos multas de un tercio de unidad tributaria mensual (UTM) por coacción. * Una multa de un tercio de UTM por daños falta. * Pena sustitutiva: En caso de no pago, un día de reclusión por cada tercio de UTM.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se da por cumplida la pena de multa por daños falta, debido al tiempo que el imputado estuvo privado de libertad. * Se concede un plazo de dos cuotas iguales y sucesivas para el pago de las multas por coacción. * Suspensión condicional de la condena por seis meses (artículo 398 del Código Procesal Penal). * Exención del pago de las costas de la causa.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: * Cédula de identidad: * Domicilio: Calle Chacalluta N°1984, Temuco * No se especifica edad ni ocupación. * No se mencionan antecedentes penales.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Se aplicaron las atenuantes del artículo 11 N°9 y N°6 del Código Penal, debido a la confesión del imputado.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Ministerio Público: * Basó su requerimiento en los hechos descritos y la recalificación de los delitos. * Propuso la imposición de penas de multa. * Defensa: * Solicitó que se diera por cumplida la pena pecuniaria por el delito de daños, debido al tiempo de privación de libertad. * No formuló alegaciones sobre la existencia del hecho punible ni su participación.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró la confesión del imputado y su aceptación de responsabilidad, lo que permitió aplicar la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal. * Se tomó en cuenta el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad para dar por cumplida la pena por el delito de daños. * Se aplicó la suspensión condicional de la condena.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Código Penal: Artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, 29, 67, 70, 296 N°3, 494 N°16, 495 N°21. * Código Procesal Penal: Artículos 395, 398 y siguientes.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Condición: El imputado no debía ser objeto de un nuevo requerimiento. * Consecuencia del incumplimiento: No especificada, pero se presume la revocación de la suspensión y el cumplimiento de la pena originalmente impuesta.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco * RIT: 10234-2018 * RUC: 1801028739-8 * Fecha de la sentencia: 28 de enero de 2019 * Tipo de procedimiento: No especificado, pero se deduce que es un juicio simplificado por la recalificación a faltas y la aplicación del artículo 395 del Código Procesal Penal.

Hechos acreditados: * Fecha: 20 de octubre de 2018, aproximadamente a las 15:15 horas. * Lugar: Calle Chacalluta N°01943, Temuco, y en la misma calle. * Conductas: * El imputado , en estado de ebriedad, llegó al domicilio de Elizabeth del Carmen Contreras Plaza, gritando improperios e insultos ("guatona culia te voy a matar") y amenazándola de muerte, mientras golpeaba la reja del ant...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora