Penal - Rol N° O-22-2018

MINISTERIO PUBLICO LOS ANDES C/ MARCOS ANTONIO CHACOFF LEITON

Abstracto

Datos básicos del caso: • Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes. • RUC: 1510020382-8. • RIT: 22-2018. • Fecha de la sentencia: 13 de enero de 2019. • Tipo de procedimiento: Juicio oral penal. • Hechos acreditados: • En marzo de 2014, Rosamel Hernán Campos Carvajal (vendedor) acordó con Isabel Margarita Miranda Roa (compradora) la venta de un terreno (Lote 75-B del Proyecto de Parcelación Cristo Redentor de Calle Larga, 991 metros cuadrados) por $2.000.000, que se pagó ese mismo día. La escrituración se acordó para abril de 2015. Miranda construyó una casa en el terreno hasta octubre de 2014. • Miranda inició una relación sentimental con Paulino Segundo Leiton Torres. También visitaban la casa Marcos Antonio Chacoff Leiton (sobrino de Leiton) y Patricia Argentina Gatica (pareja de Chacoff, abogada). • El 11 de febrero de 2015, Leiton, Chacoff y Gatica fueron a buscar a Campos a su domicilio en Calle Larga, diciéndole que la escritura estaba lista y que solo debía firmar, logrando que firmara la escritura ante notario, en la cual aparecía Chacoff como comprador. • En marzo de 2015, los acusados desalojaron a Miranda de la casa. • Calificación jurídica y pena impuesta: • El Ministerio Público acusó a los imputados por el delito de estafa (artículo 468 del Código Penal) en concurso con suscripción de documento mediante engaño (artículo 470 N°4 del Código Penal), solicitando 2 años de presidio menor en su grado medio, más multa de 11 UTM, penas accesorias y costas. • El tribunal absolvió a los acusados. • Antecedentes relevantes del imputado:Marcos Antonio Chacoff Leiton: Nacido el 29 de agosto de 1987 en Rancagua, soltero, empresario. • Paulino Segundo Leiton Torres: Nacido el 26 de octubre de 1963 en Paredones, funcionario de Codelco, casado. • Patricia Argentina Gatica: Nacida el 20 de junio de 1978 en Mendoza, Argentina, divorciada, abogada. • Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: • El Ministerio Público consideró la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal (atenuante de colaboración) y no concurriendo agravantes. • Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:Fiscalía: Sostiene que los acusados, aprovechándose de la confianza y desconocimiento de Campos, lo engañaron para que firmara la escritura a nombre de Chacoff, defraudando a Miranda, quien había pagado y construido la casa. • Defensa: Argumenta que la acusación carece del elemento "perjuicio" en la descripción de los hechos. Presenta una versión alternativa, donde Leiton financió la construcción de la casa para Miranda, y el terreno se inscribió a nombre de Chacoff para evitar problemas con la esposa de Leiton, y que no existió engaño por parte de los acusados. • Fundamentos clave del tribunal para su decisión: • El tribunal consideró que la prueba de cargo (principalmente la declaración de Miranda) fue contradictoria, inconsistente y no verosímil, cuestionando la fecha de la venta del terreno y la existencia del engaño. • El testimonio de Campos no clarificó la fecha de la venta. • Se cuestionó la real intención de los imputados y la víctima, dada la existencia de un contrato de promesa y las contradicciones en los dichos de Miranda. • Se resaltó que el funcionario policial no realizó un levantamiento patrimonial de la víctima. • Se concluyó que la prueba de cargo no acreditó, más allá de toda duda razonable, los hechos descritos en la acusación, y surgieron dudas que impidieron la condena. • Se otorgó verosimilitud a la versión de la defensa, que dota de plausibilidad. • Disposiciones legales determinantes: • Artículos 468 y 470 N°4 del Código Penal (delitos imputados). • Artículo 467 N° 1 del Código Penal (penas). • Artículos 15 N° 1 y 11 N°6 del Código Penal (participación y atenuantes). • Artículo 341 del Código Procesal Penal (prohibición de extender la decisión más allá de los hechos materia de la acusación). • Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: • No se menciona suspensión condicional de la pena, dado que la sentencia es absolutoria. • Información sobre recursos disponibles o presentados: • No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: • Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes. • RUC: 1510020382-8. • RIT: 22-2018. • Fecha de la sentencia: 13 de enero de 2019. • Tipo de procedimiento: Juicio oral penal. • Hechos acreditados: • En marzo de 2014, Rosamel Hernán Campos Carvajal (vendedor) acordó con Isabel Margarita Miranda Roa (compradora) la venta de un terreno (Lote 75-B del Proyecto de Parcelación Cristo Redentor de Calle Larga, 991 metros cuadrados) por $2.000.000, que se pagó ese mismo día. La escrituración se acordó para abril de 2015. Miranda construyó una casa en el terreno hasta octubre de 2014. • Miranda inició una relación sentimental con Paulino Segundo Leiton Torres. También visitaban la casa Marcos Antonio Chacoff Leiton (sobrino de Leiton) y Patricia...

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