Penal - Rol N° O-62-2018

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes. * RUC: 1700922671-0. * RIT: 62-2018. * Fecha de la sentencia: 14 de enero de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 4 de agosto de 2017, en el inmueble de , sector Curanipe, comuna de Pelluhue, los acusados y mantenían en una bodega 20 plantas de cannabis sativa en proceso de crecimiento (1 a 5 cm de altura). * En el living del inmueble se encontraron dos plantas de cannabis sativa (65 cm de altura). * Los acusados no tenían autorización para cultivar ni poseer cannabis.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Cultivo de cannabis sativa, según el artículo 8 de la Ley 20.000, en grado consumado. * Pena para : 61 días de presidio menor en su grado mínimo y suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Pena para : 541 días de presidio menor en su grado medio y suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Multa para ambos: 5 Unidades Tributarias Mensuales, a pagar en 10 cuotas mensuales de 0,5 UTM cada una.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * : Remisión condicional de la pena, sujeta a control administrativo y asistencia del Centro de Reinserción Social de Pelluhue por un año. * : Reclusión parcial en su domicilio () entre las 22:00 y las 06:00 horas, con monitoreo telemático. * Eximición del pago de costas. * Comiso y destrucción de las especies incautadas.

Antecedentes relevantes del imputado: * : Dueña de casa, nacida el 23 de abril de 1998. No registra antecedentes penales. * : Técnico agrícola, nacido el 13 de noviembre de 1976. Tenía antecedentes penales por tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga (condena de 300 días de presidio en 2010, remitida), falta del artículo 50 de la Ley 20.000 (multa de 1 UTM en 2017) y lesiones menos graves en VIF (multa de 6 UTM en 2017).

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (irreprochable conducta anterior) para . * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos) para ambos acusados. * El tribunal aplicó la regla del inciso 2° del artículo 8° de la Ley 20.000, rebajando la pena en un grado.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Los acusados cultivaban cannabis sin autorización. Las plantas no eran para consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, sino que existía un consumo comunitario. * Defensa: El cultivo era para consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, justificado por el artículo 8° de la Ley 20.000. Se argumentó uso medicinal de la cannabis para tratar dolores y depresión. Se presentaron certificados médicos, pero de fecha posterior al delito.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Consideró creíbles los testimonios de los policías. * Desestimó la tesis de la defensa sobre consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. * Los exámenes de orina solo demostraron consumo reciente, no habitual. * Los certificados médicos eran posteriores a los hechos y no establecían diagnósticos precisos o justificaban el cultivo. * La cantidad de plantas implicaba un peligro para la salud pública.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 8 de la Ley 20.000 (cultivo, cosecha, elaboración, etc., de sustancias estupefacientes o sicotrópicas). * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autores). * Artículo 11 N° 6 y N° 9 del Código Penal (circunstancias atenuantes). * Artículo 67 y 69 del Código Penal (determinación de la pena). * Artículo 4° de la Ley N° 18.216 (remisión condicional). * Artículo 8° de la Ley N° 18.216 (reclusión parcial).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Remisión condicional (): Debe presentarse en el Centro de Reinserción Social de Cauquenes y cumplir las condiciones del artículo 5° de la Ley 18.216 por un año. Si se revoca, debe cumplir la pena original. * Reclusión parcial (): Debe cumplir reclusión nocturna en su domicilio y someterse a monitoreo telemático. Debe presentarse en el Centro de Reinserción Social de Pelluhue. Si se revoca, debe cumplir la pena original.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en el texto.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes. * RUC: 1700922671-0. * RIT: 62-2018. * Fecha de la sentencia: 14 de enero de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 4 de agosto de 2017, en el inmueble de , sector Curanipe, comuna de Pelluhue, los acusados y mantenían en una bodega 20 plantas de cannabis sativa en proceso de crecimiento (1 a 5 cm de altura). * En el living del inmueble se encontraron dos plantas de cannabis sativa (65 cm de altura). * Los acusados no tenían autorización para cultivar ni poseer cannabis.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Cultivo de cannabis sativa, según e...

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