Penal - Rol N° O-7810-2018
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Puerto Montt. * RIT: 7810-2018. * RUC: 1810046551-1. * Fecha: 10 de enero de 2019 (sentencia). * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El 14 de junio de 2018, se publicó en el diario "El Llanquihue" una nota titulada "Apoderados acusan serias anomalías en cadetes albiverdes". * La nota, escrita por la periodista , informaba sobre supuestas irregularidades en el fútbol joven de Deportes Puerto Montt, mencionando que apoderados acusaban al presidente del club, , de favoritismos y malas prácticas. * La nota se publicó en la sección de deportes del diario. * La nota incluía una declaración de , en la que afirmaba desconocer el tema y que las acusaciones eran incorrectas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * La querella acusaba a y por el delito de injurias graves, en relación a los artículos 416, 417 números 3, 4 y 5 del Código Penal. * No se impuso ninguna pena, ya que el tribunal absolvió a los acusados.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : 39 años, soltera, periodista. * : 45 años, casado, periodista.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Querellante (abogado): Argumentó que la publicación constituía injurias graves, ya que la información era falsa y causó descrédito a . Señaló que se vulneró el estado de derecho y que la nota excedía la crítica deportiva, buscando dañar la honra de su representado. * Defensa (abogados): Argumentó que los hechos no constituían delito. Sostuvo que la nota se basó en información de apoderados, respetando la reserva de la fuente periodística (artículo 7 de la Ley 19.733) y que se contactó al querellante para obtener su versión. Argumentó que la publicación se refería al ámbito público de la actuación del querellante y que no se acreditó el dolo.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Los hechos acreditados no constituían delito de injurias graves. El tribunal consideró que la publicación no tenía como fin deshonrar o menospreciar al querellante. * La nota se enmarcaba en el ejercicio de la libertad de expresión periodística. * La publicación no atribuía al querellante vicios o inmoralidades. * No se pudo probar que la publicación fuera falsa. * La periodista actuó apegada a las normas del periodismo. * No se pudo establecer la participación de los querellados en el delito.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 416 del Código Penal (definición de injuria). * Artículo 417 del Código Penal (tipos de injurias graves). * Artículos 5 y 7 de la Ley 19.733 (Ley sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo), sobre reserva de la fuente informativa. * Artículo 39 de la Ley 19.733 (responsabilidad penal y civil en delitos cometidos en el ejercicio de la libertad de información).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicaron.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Puerto Montt. * RIT: 7810-2018. * RUC: 1810046551-1. * Fecha: 10 de enero de 2019 (sentencia). * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El 14 de junio de 2018, se publicó en el diario "El Llanquihue" una nota titulada "Apoderados acusan serias anomalías en cadetes albiverdes". * La nota, escrita por la periodista , informaba sobre supuestas irregularidades en el fútbol joven de Deportes Puerto Montt, mencionando que apoderados acusaban al presidente del club, , de favoritismos y malas prácticas. * La nota se publicó en la sección de deportes del diario. * La nota incluía una declaración de , en la ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.