Penal - Rol N° O-127-2019

MINISTERIO PUBLICO C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RUC: 1800825124-6. * RIT: 127-2019. * Fecha: 29 de junio de 2019 (sentencia). * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 23 de agosto de 2018, alrededor de las 23:00 horas, Maximiliano Del Rosario García Berríos, Luis Alexis Zepeda Cabezas y Paul Jordan Adolfo Madrid Rojas ingresaron a la Botillería "Cordillera" en Arica. * Madrid Rojas, portando una pistola con mira láser, amenazó a Y.G.B.I. y le exigió dinero y las cadenas de plata. Se apropió de aproximadamente $5.000.000, varios cartones de cigarrillos y una botella de whisky. * Madrid Rojas golpeó en la cabeza a C.E.F.C. con la pistola. * Zepeda Cabezas, con un cuchillo, intimidó a C.E.M.M., le sustrajo una billetera y un teléfono celular. * García Berríos amenazó a J.E.G.R. con un cuchillo. * Los tres acusados huyeron en una camioneta Nissan Terrano roja. * Posteriormente, en el Hotel Saint Gregory, fueron encontrados con: bototos, buzo, $65.000 (Madrid Rojas), $938.000, 22 cajetillas de cigarrillos, 2 teléfonos celulares, una bolsa con monedas, 3 cadenas, 7 cartuchos, 1 cargador de pistola, y una pistola Star calibre 32 mm con mira láser. * Madrid Rojas se identificó falsamente como Fabián Alejandro Miranda Castro.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Robo con intimidación: (artículos 432, 436 inciso 1° y 439 del Código Penal). 12 años de presidio mayor en su grado medio para García Berríos, Zepeda Cabezas y Madrid Rojas. * Posesión ilegal de arma de fuego: (artículo 9 inciso 1 en relación con el artículo 2 letra b) de la ley 17.798). 5 años de presidio menor en su grado máximo para García Berríos, Zepeda Cabezas y Madrid Rojas. * Usurpación de identidad: (artículo 214 del Código Penal). 61 días de presidio menor en su grado mínimo para Paul Jordán Madrid Rojas.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares (mientras dure la condena) para los condenados por robo con intimidación. * Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, para los condenados por posesión ilegal de arma de fuego. * Suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, para Paul Jordan Madrid Rojas, condenado por usurpación de identidad. * Se decretó el comiso de las especies incautadas.

Antecedentes relevantes del imputado: * Maximiliano Del Rosario García Berríos: Chileno, cédula de identidad Nº 17.113.250-9, nacido el 26/11/1988. * Luis Alexis Zepeda Cabezas: Chileno cédula de identidad Nº 18.218.520-5, nacido el 15/04/1992. * Paul Jordán Adolfo Madrid Rojas: Chileno cédula de identidad Nº 17.330.279-7, nacido el 08/05/1989. * No se mencionan antecedentes penales previos en el resumen.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Agravante: Artículo 14 letra B de la Ley 17.798 (uso de un arma con dispositivo que la hace más eficaz). * Atenuante: El tribunal no consideró la atenuante del artículo 11 N°9 (colaboración sustancial) para ninguno de los acusados.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Alegó que los hechos eran constitutivos de robo con intimidación, posesión ilegal de municiones, posesión ilegal de arma de fuego, receptación y usurpación de identidad. Solicitó penas máximas, incluyendo las agravantes del artículo 449 Bis del Código Penal y artículo 14 B de la Ley 17.798. * Defensa (García Berríos): Reconoció la participación en el robo con intimidación, pero cuestionó la aplicación de las agravantes, la posesión de municiones, arma de fuego y receptación. Solicitó la aplicación de la atenuante del artículo 11 N°9. * Defensa (Madrid Rojas): Reconoció participación en el robo con intimidación y la usurpación de identidad, pero solicitó absolución de los cargos relacionados con armas y receptación. Solicitó la aplicación de la atenuante del artículo 11 N°9 y penas mínimas. * Defensa (Zepeda Cabezas): Solicitó la absolución de los cargos relacionados con armas y receptación. Argumentó que no existía una organización criminal, solicitó la aplicación de la atenuante del artículo 11 N°9 y la exención de costas.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Consideró probada la participación de los acusados en los delitos de robo con intimidación, posesión ilegal de arma de fuego y usurpación de identidad. * Estimó que existió posesión de arma de fuego por parte de los acusados, aunque solo uno la haya usado directamente. * Descartó la atenuante del artículo 11 N°9 por considerar que las declaraciones de los acusados no fueron relevantes para el esclarecimiento de los hechos. * Rechazó la agravante del artículo 449 bis del Código Penal (organización criminal) y acogió la agravante del artículo 14 letra B de la Ley 17.798 (uso de un arma con dispositivo que la hacía más eficaz). * Absolvió a los acusados de posesión ilegal de municiones y receptación.

Disposiciones legales determinantes: * Artículos 432, 436 inciso 1° y 439 del Código Penal (robo con intimidación). * Artículo 9 inciso 1° en relación con el artículo 2 letra b) de la Ley 17.798 (posesión ilegal de arma de fuego). * Artículo 214 del Código Penal (usurpación de identidad). * Artículo 14 letra B de la Ley 17.798 (agravante por modificación de armas). * Artículo 11 N°9 del Código Penal (atenuante de colaboración sustancial). * Artículo 456 bis A del Código Penal (receptación).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se concedió pena sustitutiva alguna.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en el resumen.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RUC: 1800825124-6. * RIT: 127-2019. * Fecha: 29 de junio de 2019 (sentencia). * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 23 de agosto de 2018, alrededor de las 23:00 horas, , y ingresaron a la Botillería "Cordillera" en Arica. * , portando una pistola con mira láser, amenazó a Y.G.B.I. y le exigió dinero y las cadenas de plata. Se apropió de aproximadamente $5.000.000, varios cartones de cigarrillos y una botella de whisky. * golpeó en la cabeza a C.E.F.C. con la pistola. * , con un cuchillo, intimidó a C.E.M.M...

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