Penal - Rol N° O-688-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Vallenar. * RIT: 688-2019. * RUC: 1900099208-1. * Fecha: 11 de junio de 2019. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Fecha: 24 de enero de 2019, aproximadamente a las 09:40 horas. * Lugar: Vía pública, intersección de las calles Coquimbo y Libertad, en la ciudad de Vallenar. * Conducta: fue sorprendido portando un cuchillo cocinero marca Tramontina (13 cm de hoja y 10 cm de empuñadura de madera) en el cinto de su pantalón, sin justificación razonable.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Porte o Tenencia de Armas Cortantes, según el artículo 288 Bis del Código Penal. * Grado de desarrollo: Consumado. * Calidad: Autor. * Pena: Multa de 0,3 Unidad Tributaria Mensual (UTM) y comiso del arma.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 30 de diciembre de 1992. * Edad: 26 años. * Estado civil: Soltero. * Domicilio: . * Rol único nacional: . * Profesión/Oficio: No especificado. * Antecedentes penales: No se mencionan.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos, derivada de la admisión de responsabilidad del imputado. * Agravantes: No se consideraron. * Impacto: Aplicación de la pena de multa en el mínimo legal, debido a la atenuante.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Presentó el requerimiento basándose en los hechos descritos y solicitó la pena de multa y el comiso. * Defensa: No hizo alegaciones de índole absolutoria, solicitando plazo para el pago de la multa.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El imputado admitió responsabilidad en los hechos. * La admisión de responsabilidad se considera una colaboración sustancial, lo que justifica la aplicación de una atenuante. * Al no existir agravantes, se aplicó la pena mínima establecida por la ley.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 288 Bis del Código Penal (Porte o Tenencia de Armas Cortantes). * Artículo 11 N°9 del Código Penal (Atenuante: colaboración sustancial). * Artículo 70 del Código Penal (Rebaja de la pena por concurrencia de atenuantes). * Artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal (Procedimiento simplificado).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El imputado debe pagar la multa en un plazo de 30 días, contados desde que la sentencia queda firme. * Si el imputado no tiene bienes para pagar la multa, puede solicitar al tribunal que se sustituya por prestación de servicios en beneficio de la comunidad, dentro del mismo plazo de 30 días. * En caso de no pagar la multa ni solicitar la sustitución, se aplicará una pena de reclusión sustitutiva, regulándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual impaga.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona la interposición de recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Vallenar. * RIT: 688-2019. * RUC: 1900099208-1. * Fecha: 11 de junio de 2019. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Fecha: 24 de enero de 2019, aproximadamente a las 09:40 horas. * Lugar: Vía pública, intersección de las calles Coquimbo y Libertad, en la ciudad de Vallenar. * Conducta: Yerko Jesús Dinamarca Ávila fue sorprendido portando un cuchillo cocinero marca Tramontina (13 cm de hoja y 10 cm de empuñadura de madera) en el cinto de su pantalón, sin justificación razonable.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Porte o Tenencia de Armas Cortantes, según el artículo 288 Bis del Código Pe...
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