Penal - Rol N° O-256-2019

MP C/

Abstracto

Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó.
  • RUC: 1900048246-6
  • RIT: 256-2019
  • Fecha de la sentencia: 18 de julio de 2019
  • Tipo de procedimiento: Abreviado

Hechos acreditados:

  • Fecha y hora: 12 de enero de 2019, 01:44 horas.
  • Lugar: Vía pública, calle 19 de Mayo esquina calle Maipú, Copiapó.
  • Conducta: El imputado conducía un vehículo Kia tipo Minibus Besta, PPU XC-5117, sin licencia de conducir. Al ser fiscalizado por Carabineros, arrojó un calcetín al suelo que contenía 51 envoltorios con 08 gramos 500 miligramos de cocaína base, con una pureza del 68%.
  • El imputado no tenía licencia para conducir ese tipo de vehículo.
  • La droga incautada no estaba destinada a uso o consumo personal exclusivo o próximo.

Calificación jurídica y pena impuesta:

  • Delito 1: Conducción de vehículo motorizado sin licencia debida, en grado de desarrollo consumado. Pena: Sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo.
  • Delito 2: Microtráfico de drogas, en grado de desarrollo consumado. Pena: Quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio y multa de 1/3 de UTM.
  • Accesorias: Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena en ambos delitos.
  • Adicional: Comiso de las especies incautadas y registro de huella genética.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas:

  • Reclusión Parcial Domiciliaria Nocturna por la totalidad de las penas (602 días), en domicilio de , desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas.
  • Plazo de 30 días para pagar la multa, o prestar servicios comunitarios por 8 horas. En caso de incumplimiento, se convertirá la multa en reclusión.
  • Eximición del pago de las costas de la causa.

Antecedentes relevantes del imputado:

  • Nombre: .
  • Fecha de nacimiento: 29 de julio de 1995.
  • Edad al momento de la sentencia: 23 años.
  • Domicilio: .
  • No se mencionan antecedentes penales.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:

  • Atenuante: La de responsabilidad penal, contemplada en el artículo 11 número 9 del Código Penal.
  • Agravantes: No concurren.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:

  • No se mencionan en el resumen.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión:

  • No se mencionan en el resumen.

Disposiciones legales determinantes:

  • Artículo 194 de la ley 18.290 (Conducción de vehículo motorizado sin licencia).
  • Artículo 4° de la ley 20.000 (Microtráfico de drogas).
  • Artículo 30 del Código Penal (Penas accesorias).
  • Artículo 11 N°9 del Código Penal (Atenuante de responsabilidad penal).
  • Artículo 468 del Código Procesal Penal (Ejecutoriedad de la resolución).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento:

  • Reclusión Parcial Domiciliaria Nocturna: Cumplimiento de la pena en el domicilio, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas.
  • Obligación de presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Copiapó el 29 de julio de 2019.
  • Incumplimiento: Orden de detención y eventual quebrantamiento y revocación de la pena sustitutiva, debiendo cumplir la pena en forma efectiva.
  • Multa: Plazo de 30 días para pagar o prestar servicios comunitarios. En caso de no cumplir, se sustituye por reclusión.

Información sobre recursos disponibles o presentados:

  • Las partes renunciaron a los plazos, quedando la sentencia firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó.
  • RUC: 1900048246-6
  • RIT: 256-2019
  • Fecha de la sentencia: 18 de julio de 2019
  • Tipo de procedimiento: Abreviado

Hechos acreditados:

  • Fecha y hora: 12 de enero de 2019, 01:44 horas.
  • Lugar: Vía pública, calle 19 de Mayo esquina calle Maipú, Copiapó.
  • Conducta: El imputado conducía un vehículo Kia tipo Minibus Besta, PPU XC-5117, sin licencia de conducir. Al ser fiscalizado por Carabineros, arrojó un calcetín al suelo que contenía 51 envoltorios con 08 gramos 500 miligramos de cocaína base, con una pureza del 68%.
  • El imputado no tenía licencia para conducir ese tipo de vehículo.
  • La droga incautada no estaba destinada a uso o consumo personal exclusivo o próximo.

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