Penal - Rol N° O-57-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli. * RUC: 1801269686-4 * RIT: 57-2019 * Fecha: 12 de julio de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a de amenazar a su cuñado . * Según la acusación, el hecho ocurrió el 21 de diciembre de 2018, a las 08:40 horas, en un camino vecinal en el . * La amenaza consistió en las frases: “eres un maricón, a mi me repartieron menos campo, en cualquier momento te voy a matar concha de tu madre”.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público calificó los hechos como amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, según el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066. * El Ministerio Público solicitó una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, además de las accesorias previstas en el artículo 9 de la Ley 20.066 (prohibición de acercarse a la víctima por un año) y costas de la causa. * El tribunal absolvió al imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 42 años (nacido el 12 de enero de 1977). * Ocupación: Jornal. * Estado civil: Casado. * Domicilio: . * Antecedentes penales: No se mencionan en el resumen.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El Ministerio Público señaló que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba acreditar los hechos y solicitó la pena señalada. En su alegato de clausura, reconoció que la prueba fue insuficiente para acreditar los hechos, debido a que la víctima no declaró. * Defensa: Argumentó que la prueba de cargo no derribaría la presunción de inocencia y que la prueba de descargo generaría duda razonable. Solicitó la absolución.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal no logró convicción sobre la ocurrencia del hecho. * La víctima se acogió a su derecho a no declarar. * La prueba de cargo se basó en testimonios de oídas de funcionarios policiales que relataron la denuncia, sin ratificación de la víctima y sin poder ser sometida al contraexamen. * El testimonio del acusado fue respaldado por una testigo presencial que descartó las amenazas y fue considerada creíble por el tribunal.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 296 N° 3 del Código Penal (amenazas). * Artículo 5° de la Ley 20.066 (violencia intrafamiliar). * Artículo 302 del Código Procesal Penal (facultad de la víctima de no declarar). * Artículo 297, 340, 341, 342, 344, 346, 348, 389, 390 y 396 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicaron medidas de suspensión condicional del procedimiento.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * El documento no menciona la presentación de recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli. * RUC: 1801269686-4 * RIT: 57-2019 * Fecha: 12 de julio de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a Luis Andrés Guajardo Peña de amenazar a su cuñado Naldo Agustín Lloncoñanco Lemonao. * Según la acusación, el hecho ocurrió el 21 de diciembre de 2018, a las 08:40 horas, en un camino vecinal en el sector Llongahue S/N, comuna de Panguipulli. * La amenaza consistió en las frases: “eres un maricón, a mi me repartieron menos campo, en cualquier momento te voy a matar concha de tu madre”.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público calificó los hechos como ...
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