Penal - Rol N° O-1250-2017

MINISTERIO PUBLICO C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Ancud. * RIT: 1250-2017. * RUC: 1700937554-6. * Fecha: 12 de agosto de 2019. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado.

Hechos acreditados:

* **Hecho 1 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content> y <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 6 de agosto de 2018, aproximadamente a las 18:15 horas, en un domicilio en calle San Martín N°1470, Ancud, <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> tenía en su poder 200,8 gramos netos de cocaína (196,5 gramos en una bolsa y 4,3 gramos en un envoltorio), destinados a su comercialización. En el mismo lugar y fecha, alrededor de las 15:00 horas, vendió y entregó 4,0 gramos netos de cocaína a un consumidor por $30.000. * **Hecho 2 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content> y <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 6 de agosto de 2018, cerca de las 18:15 horas, en un domicilio en calle Primero de Mayo S/N°, Ancud, <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> y <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> tenían en su poder 3,5 gramos netos de cocaína, destinada a su comercialización y distribución. Se probó también la venta de 0,81 gramos por $10.000 el 13 de junio de 2018 y de 1,40 gramos por $10.000 el 5 de junio de 2018, en calle Sor Gisella S/N°, Ancud. * **Hecho 3 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 6 de agosto de 2018, alrededor de las 15:00 horas, vendió y entregó seis bolsas de nylon con un total de 4,0 gramos netos de cocaína a un tercero por $30.000 en el domicilio de calle San Martín N°1.470, Ancud.

Calificación jurídica y pena impuesta:

* **<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>:** Autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas (artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000). Pena: 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de 1 UTM, e inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargo u oficio público durante la condena. * **<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>:** Autora del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas (artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000). Pena: 132 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1 UTM y suspensión de cargo u oficio público durante la condena. * **<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>:** Autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas (artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000). Pena: 132 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1 UTM y suspensión de cargo u oficio público durante la condena. * **<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>:** Autora del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas (artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000). Pena: 222 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1 UTM y suspensión de cargo u oficio público durante la condena.

Antecedentes relevantes del imputado: No se especifican en el resumen.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:

* **Atenuante:** Concurre la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal (colaboración sustancial a la investigación), en carácter de muy calificada para todos los acusados (artículo 68 bis del Código Penal). Esto se debió a su aceptación del procedimiento abreviado. * **Agravante:** En la acusación original, se consideró la agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal (haber sido condenado anteriormente por delito de la misma especie) para <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, pero fue renunciada por la fiscalía en la modificación de la acusación.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:

* **Fiscalía:** Formuló acusación y, posteriormente, modificó la acusación respecto a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, aceptando el procedimiento abreviado. Solicitó las penas correspondientes a los delitos y el comiso de la droga. * **Defensa:** No cuestionó la calificación jurídica, ni la participación de sus representados. Solicitó que se abonara el tiempo en prisión preventiva para <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> y que las penas de libertad y pecuniarias se tuvieran por cumplidas para los demás acusados, dados los períodos en prisión preventiva y otras medidas cautelares. Pidió la eximición de costas.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Aceptación de los acusados del procedimiento abreviado, reconociendo la atenuante muy calificada del artículo 11 N° 9 del Código Penal. * Valoración de la prueba documental, testimonial, pericial y material para acreditar los hechos. * Determinación de las penas considerando la cantidad de droga incautada y el grado de participación de cada acusado. * Aplicación del artículo 412 del Código Procesal Penal, impidiendo al juez imponer una pena superior a la solicitada por la fiscalía.

Disposiciones legales determinantes:

* Artículos 1, 3, 4, 15 N° 1, 18, 21, 25, 26, 30, 31, 49, 62, 66, 68 bis y 70 del Código Penal. * Artículos 248, 259, 260, 346, 348, 406 y siguientes, 411 y 412 del Código Procesal Penal. * Artículos 1°, 3°, 4° y 40 de la Ley Nº 20.000. * Artículo 1° de su reglamento. * Artículo 17 de la Ley 19.970.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: No se aplicó suspensión condicional de la pena.

Información sobre recursos disponibles o presentados: No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Ancud. * RIT: 1250-2017. * RUC: 1700937554-6. * Fecha: 12 de agosto de 2019. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado.

Hechos acreditados:

* **Hecho 1 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content> y <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 6 de agosto de 2018, aproximadamente a las 18:15 horas, en un domicilio en calle San Martín N°1470, Ancud, <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> tenía en su poder 200,8 gramos netos de cocaína (196,5 gramos en una bolsa y 4,3 gramos en un envoltorio), destinados a su comercialización. En el mismo lugar y fecha, alrededor de las 15:00 horas, vendió y entregó 4,0 gramos netos de cocaína a un consumidor por $30.000. * **Hecho 2 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content> y <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 6 de agosto de ...

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