Penal - Rol N° O-1659-2019

MP C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Vallenar. * RUC: 1.900.852.785-k. * RIT: 1659-2019. * Fecha de la sentencia: 9 de agosto de 2019. * Tipo de procedimiento: Requerimiento verbal.

Hechos acreditados: * Fecha: 8 de agosto de 2019, aproximadamente a las 21:30 horas. * Lugar: Supermercado Tottus, ubicado en , Vallenar. * Conductas: * e ingresaron juntos al supermercado y sustrajeron especies (dos botellas de cloro gel de 600 ml y un bolón de carne). El avalúo de los productos robados fue de $9.750. * Al ser retenidos por guardias de seguridad, rompieron una cámara modular adherida a la pared, cuyo avalúo fue de $1.000.000.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: * Daños simples, en grado consumado (artículo 487 del Código Penal). * Hurto falta, en grado frustrado (artículo 494 bis del Código Penal). * Pena: * Multa de 0,125 unidades tributarias mensuales por cada delito, para cada imputado. * Nota: Las penas de multa se consideran cumplidas con el tiempo que permanecieron privados de libertad entre el 8 y el 9 de agosto de 2019.

Antecedentes relevantes del imputado: * : * Fecha de nacimiento: 26 de mayo de 2000. * Edad: Al momento de los hechos tenía 19 años. * Ocupación: Estudiante. * Domicilio: . * : * Fecha de nacimiento: 6 de julio de 1998. * Edad: Al momento de los hechos tenía 21 años. * Ocupación: Estudiante. * Domicilio: . * Antecedentes penales: No se menciona en el resumen.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, debido a la admisión de responsabilidad. Se considera muy calificada.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Ministerio Público: Solicitó la imposición de dos penas de multa de 0,3 unidades tributarias mensuales. * Defensa: No se especifica en el resumen, pero los imputados admitieron responsabilidad.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La admisión de responsabilidad por parte de los imputados, lo que facilitó el ejercicio de la acción penal. * El grado de desarrollo del delito de hurto es frustrado, ya que no lograron vulnerar la esfera de protección de las especies sustraídas. * El valor de las especies sustraídas determina la aplicación del artículo 494 bis del Código Penal. * Se aplicó la atenuante de colaboración sustancial, lo que influyó en la determinación de la pena.

Disposiciones legales determinantes: * Artículos 1º, 3º, 5º, 7º, 11 N° 9, 14 N.º 1, 15 N.º 1, 18, 21, 25, 67, 69, 432, 487 y 494 bis del Código Penal. * Artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * Los intervinientes renunciaron a sus respectivos derechos de recurrir en contra de la sentencia, la cual se declara firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Vallenar. * RUC: 1.900.852.785-k. * RIT: 1659-2019. * Fecha de la sentencia: 9 de agosto de 2019. * Tipo de procedimiento: Requerimiento verbal.

Hechos acreditados: * Fecha: 8 de agosto de 2019, aproximadamente a las 21:30 horas. * Lugar: Supermercado Tottus, ubicado en calle Brasil 941, Vallenar. * Conductas: * NICOLÁS TORO ARACENA e IGNACIO ANDRES CASTILLO CASTILLO ingresaron juntos al supermercado y sustrajeron especies (dos botellas de cloro gel de 600 ml y un bolón de carne). El avalúo de los productos robados fue de $9.750. * Al ser retenidos por guardias de seguridad, rompieron una cámara modular adherida a la pared, cuyo avalúo fue de $1.000.00...

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