Penal - Rol N° O-22-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en Lo Penal de Talagante * RIT: 22-2019 * Fecha de la sentencia: 13 de agosto de 2019 * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 14 de marzo de 2018, en horario de visitas. * Lugar: CDP de Talagante, ubicado en . * Conducta: entregó a , interno del CDP, un contenedor que contenía 9,5 gramos brutos de clorhidrato de cocaína y 53,1 gramos brutos de pasta base de cocaína.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes, según artículos 1° y 4° de la Ley N° 20.000, en relación con el artículo 1° del Reglamento de la citada ley, en grado de consumado. * Pena: 541 días de presidio menor en su grado medio. Multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. * Comiso de las especies incautadas. * Reemplazo de la pena privativa de libertad por libertad vigilada. * Eximición del pago de las costas.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: * Cédula de identidad: * Domicilio: * Antecedentes penales: No registra. * Edad: 34 años (mencionado por la defensa en la etapa de determinación de pena). * Otros antecedentes: Trabajadora sexual, temporera, en situación de calle.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal) y carencia de antecedentes penales (artículo 11 Nº 6 del Código Penal). La atenuante por colaboración no fue considerada como muy calificada. * Agravantes: Se aplicó el aumento de pena por realizar el delito en un centro penitenciario (artículo 19 de la ley 20.000).
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: La fiscalía argumentó sobre la gravedad del tráfico de drogas en las cárceles y que la acusada fue quien introdujo la droga al penal. En la etapa de determinación de pena solicitó considerar que la atenuante de colaboración no era aplicable y que se aplicara la pena de presidio menor en su grado máximo. * Defensa: La defensa argumentó que la acusada colaboró con el esclarecimiento de los hechos, por lo cual se configuraba la atenuante del artículo 11 N°9. Solicitó considerar la atenuante de irreprochable conducta anterior y, en base a la concurrencia de dos atenuantes, solicitó la aplicación de una pena menor, incluyendo la posibilidad de libertad vigilada y la eximición de costas.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró probados los hechos, basándose en los testimonios de los funcionarios de Gendarmería (, , y ), la prueba documental, fijaciones fotográficas y pericial. * El tribunal aceptó la atenuante de colaboración sustancial y carencia de antecedentes penales. * El tribunal rechazó la pretensión de la defensa de considerar la atenuante de colaboración como muy calificada. * El tribunal aplicó el aumento de pena por el artículo 19 de la ley 20.000 y, en virtud de las atenuantes, rebajó la pena en un grado. * El tribunal sustituyó la pena privativa de libertad por libertad vigilada, dada la concurrencia de los requisitos legales.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 1° y 4° de la Ley N° 20.000 (sanción del tráfico ilícito de drogas) * Artículo 1° del Reglamento de la ley 20.000. * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autoría). * Artículo 11 Nº 6 y Nº 9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 19 de la ley 20.000 (aumento de la pena por cometer el delito en un centro penitenciario). * Artículo 68 del Código Penal (rebaja de la pena por concurrencia de atenuantes). * Ley 18.216 (penas sustitutivas). * Artículo 15 de la ley 18.216 (requisitos para sustitución de pena). * Artículo 17 de la ley 18.216 (condiciones de la libertad vigilada). * Artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales (eximición de costas).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La condenada deberá cumplir con el plan de intervención individual elaborado por Gendarmería de Chile. * Deberá cumplir con las demás condiciones establecidas en el artículo 17 de la ley 18.216. * No se especifica en la sentencia las consecuencias del incumplimiento, pero se entendería que podrían implicar la revocación de la libertad vigilada y el cumplimiento de la pena original de presidio.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos disponibles o presentados en la sentencia.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en Lo Penal de Talagante * RIT: 22-2019 * Fecha de la sentencia: 13 de agosto de 2019 * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 14 de marzo de 2018, en horario de visitas. * Lugar: CDP de Talagante, ubicado en . * Conducta: entregó a , interno del CDP, un contenedor que contenía 9,5 gramos brutos de clorhidrato de cocaína y 53,1 gramos brutos de pasta base de cocaína.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes, según artículos 1° y 4° de la Ley N° 20.000, en relación con el artículo 1° del Reglam...
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