Penal - Rol N° O-382-2019
MP AH C/ DUVERNEY BUITRAGO BEDOYA
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. * RIT: 382-2019. * Fecha: 9 de agosto de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico ilícito de estupefacientes.
• Hechos acreditados: * 26 de julio de 2018, aproximadamente a las 14:50 horas: coordinaba la entrega de drogas. llegó al domicilio de en Avenida Salvador Allende N° 2466, Iquique, y salió con una mochila. Fue detenido en la intersección de Av. Héroes de la Concepción con Av. Tadeo Haenke con 2 paquetes de marihuana (3.020 gramos) y $31.000. * 26 de julio de 2018, aproximadamente a las 16:31 horas: llegó al domicilio de y salió con una mochila. Fue detenido en la intersección de calle Tomás Bonilla con calle Genaro Gallo con 3 paquetes de marihuana (5.030 gramos). * 26 de julio de 2018: Detención de cerca de las 17:30 horas en Tarapacá con 18 de septiembre y registro de su domicilio, encontrando marihuana (290 gramos), celulares y balanza. * Se determinó que coordinaba con proveedores bolivianos el ingreso de drogas y su posterior distribución en Iquique.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación: Delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto en los artículos 1 y 3 de la Ley 20.000. * Pena: * , y : 5 años de presidio menor en su grado máximo; inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos; inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante la condena; multa de 3 UTM.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Expulsión del territorio nacional para los tres acusados, prohibición de regresar a Chile por 10 años. * La multa se da por cumplida por el tiempo que estuvieron privados de libertad (9 días). * Eximidos del pago de las costas.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : Colombiano, nacido el 21 de noviembre de 1992 (26 años), cargador. * : Colombiano, nacido el 18 de agosto de 1976 (42 años), tramitador portuario. * : Colombiano, nacido el 19 de marzo de 1991 (28 años), chofer. * Antecedentes penales: Sin antecedentes penales.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N° 6 del Código Penal). * Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal). * Agravantes: No se mencionan. * Impacto: La concurrencia de las atenuantes permitió disminuir la pena.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba probar los hechos de la acusación y la participación culpable de los acusados, solicitando una pena de 8 años de presidio y multa de 200 UTM. * Defensa: Admitió la existencia del delito y la participación de sus representados, colaborando con el esclarecimiento de los hechos, solicitando una rebaja de la pena y la expulsión del país.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Se acreditó el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, incluyendo posesión, transferencia y transporte de marihuana, con fines ilícitos. * Se basó en testimonios de policías, análisis de laboratorio, actas de recepción de drogas y escuchas telefónicas. * Se consideró la colaboración de los acusados y su falta de antecedentes penales.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 1 y 3 de la Ley 20.000 (tráfico de estupefacientes). * Artículo 15 Nº 1 del Código Penal (autoría directa). * Artículo 11 Nº 6 y Nº 9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 68 del Código Penal (aplicación de penas con atenuantes). * Artículo 34 de la Ley 18.216 (sustitución de penas por expulsión). * Artículo 70 del Código Penal (multa).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica suspensión condicional de la pena. La pena de prisión se sustituyó por la expulsión del territorio nacional.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. * RIT: 382-2019. * Fecha: 9 de agosto de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico ilícito de estupefacientes.
• Hechos acreditados: * 26 de julio de 2018, aproximadamente a las 14:50 horas: Alexis Hurtado Cuero coordinaba la entrega de drogas. Josimar Ibarguen Rentería llegó al domicilio de Hurtado Cuero en Avenida Salvador Allende N° 2466, Iquique, y salió con una mochila. Fue detenido en la intersección de Av. Héroes de la Concepción con Av. Tadeo Haenke con 2 paquetes de marihuana (3.020 gramos) y $31.000. * 26 de julio de 2018, aproximadamente a las 16:31 horas: Duverney Buitrago Bedoya llegó al domicilio de Hurtado Cue...
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