Penal - Rol N° O-328-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso. * RUC: 1 700 223585-4. * RIT: 328-2019. * Fecha: 27 de septiembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Entre el 14 y 16 de febrero de 2017, cobró en Valparaíso tres cheques sustraídos a Verónica Paola Gordo Macuada. * Los cheques eran los siguientes: * Serie Nº 1979269379 del Banco de Chile, cuenta de Verónica Paola Gordo Macuada, por $290.000. Tenía la firma de la titular falsificada. * Serie Nº 8467552 de la cuenta de Inversiones y Asesorías Victoria SpA., por $490.000. * Serie Nº 8467561 de la cuenta de Inversiones y Asesorías Victoria SpA., por $300.000. Tenía la firma de la titular falsificada. * recibió los cheques como pago por la venta de cachorros de raza Pug, que ofrecía por Facebook.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por un delito reiterado de uso malicioso de instrumento privado mercantil falso (art. 197 y 198 del Código Penal) y receptación (art. 456 BIS A del Código Penal). * El Ministerio Público solicitó una pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y multa de 6 unidades tributarias mensuales por el delito de uso malicioso de instrumento privado mercantil falso, y 541 días de presidio menor en su grado medio y multa de 5 unidades tributarias mensuales por el delito de receptación. * El Tribunal determinó la absolución de la acusada.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Fecha de nacimiento: 8 de marzo de 1979. * Edad: 40 años. * Estado civil: Casada. * Ocupación: Trabaja en peluquería. * Nivel de estudios: 4º medio rendido. * Domicilio: Blurton N° 250, cerro Esperanza, Valparaíso.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se consideró la atenuante del artículo 11 Nº 6 del Código Penal, aunque no influyó en la decisión final de absolución.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: El Ministerio Público buscó acreditar los hechos y la participación culpable de la acusada, presentando evidencia sobre la sustracción de los cheques, el cobro por parte de la acusada y el carácter falso de las firmas en algunos de los cheques. * Defensa: Argumentó que no se probó el dolo directo necesario para los delitos imputados. La acusada desconocía el origen ilícito de los cheques y los recibió de buena fe como pago por una venta.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El Tribunal consideró probados los hechos descritos, incluyendo el cobro de los cheques por la acusada y la falsedad de las firmas en algunos de ellos. * Sin embargo, el Tribunal determinó que no se probó el dolo directo necesario para los delitos de uso malicioso de instrumento privado mercantil falso y receptación. * El Tribunal señaló que la acusada actuó sin conocimiento de la falsedad de las firmas o del origen ilícito de los cheques. * La prueba de cargo no demostró que la acusada supiera o debiera saber sobre la ilicitud de los cheques. * La absolución se basó en la falta de acreditación del elemento subjetivo (dolo) en los delitos imputados.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 197 y 198 del Código Penal (uso malicioso de instrumento privado mercantil falso). * Artículo 456 BIS A del Código Penal (receptación). * Artículo 10 del DFL Nº 707. * Artículo 3 del Código de Comercio. * Artículo 340 del Código Procesal Penal: “Nadie podrá ser condenado por delito sino cuando el tribunal que lo juzgare adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley. El tribunal formará su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral. No se podrá condenar a una persona con el solo mérito de su propia declaración.” * Artículo 341 del Código Procesal Penal: “La sentencia condenatoria no podrá exceder el contenido de la acusación. En consecuencia, no se podrá condenar por hechos o circunstancias no contenidos en ella.”
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se impusieron condiciones ya que la acusada fue absuelta.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona en el resumen.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso. * RUC: 1 700 223585-4. * RIT: 328-2019. * Fecha: 27 de septiembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Entre el 14 y 16 de febrero de 2017, cobró en Valparaíso tres cheques sustraídos a Verónica Paola Gordo Macuada. * Los cheques eran los siguientes: * Serie Nº 1979269379 del Banco de Chile, cuenta de Verónica Paola Gordo Macuada, por $290.000. Tenía la firma de la titular falsificada. * Serie Nº 8467552 de la cuenta de Inversiones y Asesorías Victoria SpA., por $490.000. * Serie Nº 8467561 de la cuenta de Inversiones y Asesorías Victoria SpA., por $300.000. Tenía la firma ...
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