Penal - Rol N° O-1292-2018
MINISTERIO PÚBLICO C/ SIGISFREDO FRANCISCO MILLAPÁN BARRALES
Abstracto
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Juzgado de Garantía de Nueva Imperial.
- RIT: 1292-2018.
- RUC: 1810037606-3.
- Fecha: 27 de diciembre de 2019.
- Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados:
- El 17 de agosto de 2018, aproximadamente a las 12:40 horas, en el sector rural Renaco Pastales, comuna de Chol Chol, personal de Carabineros sorprendió a Sigisfredo Millapan Barrales transitando en la vía pública (ruta S-250, km 4,5), portando una escopeta marca IZH-Baikal de un cañón, calibre 12 mm, serie 8895513, de fabricación rusa.
- En la recámara del arma había un cartucho marca Stopping Power con bolones de goma.
- El arma no estaba inscrita y el imputado no tenía autorización para portarla ni otras armas inscritas a su nombre.
• Calificación jurídica y pena impuesta:
- Delito: Porte ilegal de arma de fuego, previsto en el artículo 9 de la Ley 17.798, en relación con el artículo 2 b) y artículo 4 del mismo cuerpo legal.
- Grado de ejecución: Consumado.
- Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas:
- Sustitución de la pena: Libertad vigilada intensiva.
- Comiso: Se decreta el comiso de la escopeta marca Baikal y del cartucho, disponiéndose su remisión a Arsenales de Guerra para su destrucción.
- Abono: Se reconocen 497 días de abono a la pena por el tiempo que el condenado estuvo privado de libertad (detenido el 17 de agosto de 2018 y bajo arresto nocturno) hasta la fecha de la sentencia.
- Exención de costas: No se condena en costas al acusado.
• Antecedentes relevantes del imputado:
- Nombre: Sigisfredo Francisco Millapan Barrales.
- Cédula de Identidad: 15.238.381-9.
- Edad: 48 años (nacido el 29 de junio de 1971).
- Ocupación: Agricultor.
- Antecedentes penales: No registra condenas anteriores.
- Arraigo: Mantiene arraigo familiar, social y comunitario en la comuna de Chol Chol.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:
- Atenuante: Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N°6 del Código Penal).
- Impacto: Se consideró la atenuante para determinar la pena, la cual, debido a la aplicación del procedimiento abreviado, resultó ser la mínima legal.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:
- Fiscalía: Solicitó la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, más el comiso y la destrucción de la escopeta incautada, aplicando el procedimiento abreviado.
- Defensa: Solicitó la aplicación de una pena sustitutiva (libertad vigilada intensiva), considerando el arraigo social y comunitario del imputado, así como la solicitud del Tribunal Constitucional. Solicitó también el abono de tiempo en prisión.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión:
- Aceptación por parte del acusado de los hechos y antecedentes de la investigación.
- Existencia de la atenuante de irreprochable conducta anterior.
- Cumplimiento de los requisitos para la aplicación de la libertad vigilada intensiva (pena de prisión superior a tres años y no superior a cinco, ausencia de condenas anteriores, arraigo social y comunitario).
- Consideración de la decisión del Tribunal Constitucional respecto a la inaplicabilidad de ciertas normas de la Ley 18.216.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos):
- Ley 17.798 (Ley de Control de Armas): artículos 2 b), 4 y 9.
- Código Penal: artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 14, 15 N°1, 18, 21, 22, 25, 29, 31 y 50.
- Código Procesal Penal: artículos 406, 407, 409, 411 y 413.
- Ley 18.216 (Establece el sistema de reinserción social de los condenados): artículo 15 bis, 17 y 17 ter.
- Artículo 55 del Reglamento de la Ley N°18.216.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento:
- Libertad vigilada intensiva: El condenado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco, cumplir con el plan de intervención individual y cumplir las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la Ley 18.216. Adicionalmente, se impone la condición de la letra d) del artículo 17 ter de la Ley N°18.216, debiendo cumplir programas formativos, laborales, culturales o similares.
- Presentación: Debe presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile dentro de los cinco días siguientes a que la sentencia quede firme y ejecutoriada (a más tardar el martes 7 de enero de 2020).
- Consecuencias del incumplimiento: Si la pena sustitutiva es revocada o quebrantada, el condenado cumplirá la pena de presidio impuesta o se le aplicará una pena sustitutiva de mayor intensidad o se intensificarán las condiciones decretadas.
• Información sobre recursos disponibles o presentados:
- La sentencia establece que, si no es impugnada por recurso de apelación, se registrará y archivará.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Juzgado de Garantía de Nueva Imperial.
- RIT: 1292-2018.
- RUC: 1810037606-3.
- Fecha: 27 de diciembre de 2019.
- Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados:
- El 17 de agosto de 2018, aproximadamente a las 12:40 horas, en el sector rural Renaco Pastales, comuna de Chol Chol, personal de Carabineros sorprendió a Sigisfredo Millapan Barrales transitando en la vía pública (ruta S-250, km 4,5), portando una escopeta marca IZH-Baikal de un cañón, calibre 12 mm, serie 8895513, de fabricación rusa.
- En la recámara del arma había un cartucho marca Stopping Power con bolones de goma.
- El arma no estaba inscrita y el imputado no tenía autorización para portarla ni otras armas inscritas a...
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