Penal - Rol N° O-178-2019
FISCALIA C/
Abstracto
Rodrigo Emerson Sanjines Painevilo, a través de redes sociales, ofrecía la venta de casas prefabricadas bajo el nombre "CASAS DEL NORTE", con precios entre $3 y $10 millones de pesos. Simulaba la contratación y solicitaba adelantos, sin intención de cumplir. Se acreditaron 10 casos de estafa: 1. 24 de noviembre de 2016: Miguel Mamani Mollo pagó $3.000.000. 2. 14 de mayo de 2017: Katherine Macarena Gavia Gavia pagó $3.000.000 (en dos pagos). 3. 06 de junio de 2017: Juana Mamani Cruz pagó $7.960.000. 4. 17 de julio de 2017: Ester Buston Cruz pagó $1.500.000. 5. 08 de agosto de 2017: Vanessa Zepeda Rojas pagó $4.399.000. 6. 13 de agosto de 2017: Héctor Ramírez Rivas pagó $2.150.000. 7. 12 de noviembre de 2017: Jonathan Marín Gallardo pagó $3.300.000. 8. 28 de diciembre de 2017: Karin Torres Lagos pagó $2.100.000. 9. 20 de abril de 2018: Jeanette Cruz Chaile pagó $4.000.000. 10. 12 de mayo de 2018: Edgar Gomez Huayta pagó $2.500.000.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Estafas reiteradas. * Pena: Cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, e inhabilitación para cargo y oficio públicos durante la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Pena sustitutiva: Libertad Vigilada Intensiva, por el mismo periodo de la condena.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: Rodrigo Emerson Sanjines Painevilo. * RUT: 10981985-9. * Domicilio: Calle Sotomayor N°2485-A, Calama.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan en el resumen.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se mencionan en el resumen.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se mencionan en el resumen.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 467 nº 1 y 468 del Código Penal (delito de estafa). * Artículos 1, 3, 4, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 n° 1, 21, 70 del Código Penal. * Artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal. * Artículos 15, 15 bis, 17 y 38 de la Ley 18.216 (sobre penas sustitutivas).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Libertad Vigilada Intensiva: el sentenciado debe presentarse en el Centro de Reinserción Social de Calama dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, para cumplir con el plan de intervención individual y las condiciones legales (a, b, y e) del artículo 17 de la Ley 18.216. * Incumplimiento: se puede despachar orden de detención. * Pago de multa: Diez cuotas mensuales de una UTM, comenzando al quinto día de la firmeza de la sentencia. El impago de una cuota hace exigible el total. En caso de insolvencia, se aplicará reclusión sustitutiva (un día por cada tercio de UTM adeudada) o las penas sustitutivas del artículo 49 del Código Penal.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona en el resumen.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Calama. * RIT: 178-2019. * RUC: 1800970649-2. * Fecha: 24 de diciembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados: , a través de redes sociales, ofrecía la venta de casas prefabricadas bajo el nombre "CASAS DEL NORTE", con precios entre $3 y $10 millones de pesos. Simulaba la contratación y solicitaba adelantos, sin intención de cumplir. Se acreditaron 10 casos de estafa: 1. 24 de noviembre de 2016: pagó $3.000.000. 2. 14 de mayo de 2017: pagó $3.000.000 (en dos pagos). 3. 06 de junio de 2017: pagó $7.960.000. 4. 17 de julio de 2017: pagó $1.500.000. 5. 08 de ago...
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