Penal - Rol N° O-368-2019

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Ancud. * RIT: 368-2019. * RUC: 1800773308-5. * Fecha de la sentencia: 19 de diciembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio simplificado, artículo 395 del Código Procesal Penal. * Delito: Estafa.

Hechos acreditados: * Fecha: 08 de agosto de 2018, aproximadamente a las 10:15 horas. * Lugar: Domicilio de la víctima, ubicado en . * Conducta: La víctima, , mientras revisaba transferencias bancarias en la plataforma "Banca en Línea" del Banco Estado, fue engañada mediante una ventana emergente fraudulenta con el logo del banco y de la empresa Trusteer. Se le indicó que debía instalar un software de seguridad, el cual se instaló automáticamente, impidiéndole cancelar la operación. Posteriormente, la víctima recibió correos electrónicos que detallaban dos transferencias fraudulentas realizadas al imputado , una por $1.000.000 desde su cuenta RUT y otra por $2.500.000 desde su chequera electrónica, totalizando $3.500.000. Las transferencias fueron realizadas a la chequera electrónica del Banco Estado del imputado.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación: Autor del delito consumado de estafa, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal. * Pena: Cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y una multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual (UTM) a beneficio fiscal.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad por remisión condicional por un año. * Omisión de las anotaciones de la condena en el Certificado de Antecedentes, con la excepción de lo dispuesto en el inciso final de la norma legal aplicada.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * No se especifica edad ni ocupación. * Antecedentes penales: No se detalla información.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan atenuantes ni agravantes.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se detallan los argumentos de la fiscalía ni de la defensa en la parte resolutiva de la sentencia.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 15 N° 1, 30, 49, 50, 51, 59, 67, 69, 70 y 473 del Código Penal, junto con los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, la Ley N°18.216 y su Reglamento. * Se estimó que el imputado cumplía los requisitos para la remisión condicional de la pena privativa de libertad. * Se consideró la solicitud del defensor respecto a la aplicación del artículo 38 de la Ley N°18.216.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 473 del Código Penal (estafa). * Artículos 2, 3, 4 y siguientes de la Ley N°18.216 (sobre penas sustitutivas) y su reglamento. * Artículo 25 de la Ley N°18.216 (revocación, reemplazo o intensificación de la pena sustitutiva). * Artículo 38 de la Ley N°18.216 (omisión de anotaciones en el Certificado de Antecedentes). * Artículo 468 del Código Procesal Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Condiciones: 1. Residir en la comuna de Conchalí, Región Metropolitana, por el plazo de un año. Se permite cambio en casos especiales calificados por Gendarmería. 2. Someterse al control administrativo de asistencia de Gendarmería, presentándose en el CRS Norte de Santiago (Agustinas N°1491) dentro de cinco días de quedar firme la sentencia y concurrir mensualmente a firmar en las fechas indicadas por el CRS. * Consecuencias del incumplimiento: * La no presentación al CRS dentro del plazo estipulado puede resultar en una orden de detención. * El incumplimiento de la pena sustitutiva ameritará una audiencia para revocar, reemplazar o intensificar la pena sustitutiva.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Ancud. * RIT: 368-2019. * RUC: 1800773308-5. * Fecha de la sentencia: 19 de diciembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio simplificado, artículo 395 del Código Procesal Penal. * Delito: Estafa.

Hechos acreditados: * Fecha: 08 de agosto de 2018, aproximadamente a las 10:15 horas. * Lugar: Domicilio de la víctima, ubicado en . * Conducta: La víctima, , mientras revisaba transferencias bancarias en la plataforma "Banca en Línea" del Banco Estado, fue engañada mediante una ventana emergente fraudulenta con el logo del banco y de la empresa Trusteer. Se le indicó que debía instalar un software de seguridad, el cual se instaló automát...

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