Penal - Rol N° O-89-2019
MP LOS VILOS C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle. * RUC: 1900009588-8 * RIT: 89-2019 * Fecha: 16 de diciembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 2 de enero de 2019, alrededor de las 20:00 horas, en el sector Cerro Blanco S/N, Quilimarí, comuna de Los Vilos, fue sorprendida manteniendo una plantación de aproximadamente 1.000 plantas vivas de cannabis y un saco con hierba seca de color verde. * Ese mismo día, tras una orden judicial de entrada y registro en su domicilio, se descubrió que mantenía una escopeta marca Winchester, serie N° K317189, calibre 12, doble cañón superpuesto, y 32 cartuchos balísticos sin percutir, calibres 12 y 16, sin contar con la autorización correspondiente, escopeta que además tenía encargo por robo.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Cultivo de especies vegetales del género cannabis, artículo 8° de la Ley 20.000. Pena: 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 10 UTM y suspensión de cargo u oficio público durante la condena. * Tenencia ilegal de arma de fuego y municiones (en concurso ideal), artículo 9° de la Ley 17.798. Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, e inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y cargos públicos durante la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de las penas privativas de libertad por la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo término de las condenas. * Eximición de costas. * Comiso de todas las especies incautadas.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 47 años (nacida el 10 de octubre de 1971). * Estado civil: Viuda. * Ocupación: Dueña de casa. * Antecedentes penales: Irreprochable conducta anterior.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Artículo 11 N° 9 del Código Penal: Declaración y reconocimiento de los hechos, colaborando al esclarecimiento. * Artículo 11 N° 6 del Código Penal: Irreprochable conducta anterior.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que se acreditó el delito de tráfico de drogas (cultivo) y tenencia ilegal de armas. Solicitó penas de cárcel y multa, más accesorias. * Defensa: Cuestionó la legalidad del procedimiento, específicamente la falta de dirección de la investigación por parte del Ministerio Público y la vulneración del derecho a guardar silencio. Solicitó veredicto absolutorio por infracción a garantías fundamentales y, subsidiariamente, que no se le condenara por posesión de arma. Respecto a la calificación jurídica, estimó que debía ser sancionada según el artículo 8° de la Ley 20.000 y no el artículo 3°.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal basó su decisión en la prueba presentada: testimonios de policías, declaración de la imputada, informes periciales y documentos. * Acreditó el delito de cultivo basándose en el hallazgo de la plantación, el reconocimiento de la imputada y los informes que establecieron la naturaleza de la droga. * Fundamentó la condena por tenencia ilegal de armas, en el hallazgo de la misma en el domicilio de la imputada, su reconocimiento de la tenencia y la falta de autorización para portarla.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Ley 20.000, artículo 8°: Delito de cultivo de especies vegetales del género cannabis. * Ley 17.798, artículo 9°, incisos 1° y 2°, en relación con el artículo 2° letras b) y c): Delito de tenencia ilegal de armas de fuego y municiones. * Código Penal, artículo 11 N° 6 y 9: Atenuantes de responsabilidad. * Ley 18.216, artículos 15 y siguientes: Sustitución de penas privativas de libertad. * Constitución Política de la República, artículo 93, inciso primero, numeral 6°
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La pena privativa de libertad fue sustituida por libertad vigilada intensiva, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Illapel dentro del quinto día desde que la sentencia esté firme y ejecutoriada. * Debe cumplir con el plan de intervención individual que se apruebe y las condiciones del artículo 17 de la Ley 18.216, además de la condición del artículo 17 ter letra c) de la misma ley. * En caso de revocación o quebrantamiento de la pena sustitutiva, deberá cumplir íntegramente la pena privativa de libertad impuesta, o ser reemplazada por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas, abonándose el tiempo de privación de libertad sufrido.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle. * RUC: 1900009588-8 * RIT: 89-2019 * Fecha: 16 de diciembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 2 de enero de 2019, alrededor de las 20:00 horas, en el sector Cerro Blanco S/N, Quilimarí, comuna de Los Vilos, fue sorprendida manteniendo una plantación de aproximadamente 1.000 plantas vivas de cannabis y un saco con hierba seca de color verde. * Ese mismo día, tras una orden judicial de entrada y registro en su domicilio, se descubrió que mantenía una escopeta marca Winchester, serie N° K317189, calibre 12, doble cañón superpuesto, y 32 cartuchos balísticos sin percutir, calibres 12 y 16, sin co...
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