Penal - Rol N° O-513-2019

MP C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RUC: 1900470995-3. * RIT: 513-2019. * Fecha: 28 de enero de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de receptación.

Hechos acreditados: * El 2 de mayo de 2019, a las 22:30 horas, Carabineros encontró una camioneta Nissan NP300, patente KZHY.33, con encargo policial vigente, en calle José Abelardo Núñez / Avenida Alemania, Reñaca Alto, Viña del Mar. * La camioneta estaba en el domicilio de Ana Arias, hermana del acusado Rodrigo Arias Santana, quien autorizó el ingreso de Carabineros. * Rodrigo Arias Santana se encontraba en posesión del vehículo. * El vehículo había sido arrendado a Hugo Humberto Hermosilla Castro y denunciado por apropiación indebida el mismo 2 de mayo de 2019 en Talca. * Rodrigo Arias Santana adquirió el vehículo el 1 de mayo de 2019, en Santiago, de un tercero llamado Marcelo Sebastián Mesina Barrientos. * El vehículo fue vendido a Rodrigo Arias Santana por $3.900.000.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Receptación de vehículo motorizado, en grado consumado, según el artículo 456 bis A inciso tercero del Código Penal. * Pena solicitada por la fiscalía: Cuatro (4) años de presidio menor en su grado máximo, multa de 15 unidades tributarias mensuales, y accesorias legales. * Pena impuesta: Absolución.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: Rodrigo Alejandro Arias Santana, apodado “El tuto”. * Fecha de nacimiento: 1 de octubre de 1974 (45 años al momento del juicio). * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Trabajador independiente de la construcción. * Domicilio: Pasaje 4 manzana E Nº18, Villa Independencia, Achupallas, Viña del Mar. * Antecedentes penales: No se especifica.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: El acusado sabía o no podía menos que saber que el vehículo era producto de un ilícito. Acreditaron los elementos objetivos y subjetivos del delito. El acusado compró la camioneta sabiendo que tenía encargo por apropiación indebida. * Defensa: El acusado actuó de buena fe, desconociendo el origen ilícito del vehículo. El acusado adquirió el vehículo con la creencia de que estaba sujeto a una prenda y a un precio acorde a ello. El acusado desconocía que el vehículo fuera robado.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se logró probar más allá de toda duda razonable que el acusado conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito del vehículo. * El tribunal consideró que la explicación del acusado sobre la adquisición del vehículo y las circunstancias de la compra, no fueron suficientemente desacreditadas por la fiscalía. * La fiscalía no investigó a fondo la explicación del acusado sobre la compra ni las contradicciones en los documentos presentados. * Existió duda sobre la veracidad de la información presentada por la fiscalía y la defensa en cuanto a los documentos.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 456 bis A inciso tercero del Código Penal (receptación de vehículo motorizado). * Artículo 340 del Código Procesal Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se mencionan.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona si hubo recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RUC: 1900470995-3. * RIT: 513-2019. * Fecha: 28 de enero de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de receptación.

Hechos acreditados: * El 2 de mayo de 2019, a las 22:30 horas, Carabineros encontró una camioneta Nissan NP300, patente KZHY.33, con encargo policial vigente, en calle José Abelardo Núñez / Avenida Alemania, Reñaca Alto, Viña del Mar. * La camioneta estaba en el domicilio de Ana Arias, hermana del acusado Rodrigo Arias Santana, quien autorizó el ingreso de Carabineros. * Rodrigo Arias Santana se encontraba en posesión del vehículo. * El vehículo había sido arrendado a Hugo Humberto Hermosilla Castro y denun...

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