Penal - Rol N° O-547-2019

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Diego de Almagro. * RUC: 1900915508-5 * RIT: 547-2019 * Fecha de la sentencia: 26 de febrero de 2020. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El día 23 de agosto de 2019, aproximadamente a las 23:15 horas, condujo el camión patente JXKS.54, de 7280 kilos de peso bruto vehicular, por Avenida El Tofo con calle Washington, El Salvador, comuna de Diego de Almagro. * El imputado fue fiscalizado por Carabineros, quienes verificaron que no poseía licencia de conducir profesional.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Conducción sin la licencia debida, según el artículo 194 de la Ley 18.290. * Pena: 21 días de prisión en su grado medio y accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el lapso de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Remisión condicional de la pena por un año. * Eximición del pago de las costas. * Se ordena la omisión de la condena del Certificado de Antecedentes del requerido, conforme al artículo 38 de la ley 18.216.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre completo: . * Cédula de identidad: . * Se ignora profesión u oficio. * No tenía antecedentes penales.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (no tener antecedentes penales). * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (admisión de responsabilidad). * Impacto: Permitió fijar una pena menor y otorgar la remisión condicional.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: * Solicitó inicialmente 300 días de presidio menor en su grado mínimo. * Para el procedimiento simplificado, solicitó 21 días de prisión en su grado medio, más accesorias, al admitir el imputado su responsabilidad. * Defensa: * Estuvo de acuerdo con la calificación jurídica y la pena solicitada. * Solicitó la aplicación de la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal (admisión de responsabilidad) y la remisión condicional. * Solicitó la exención de costas y que la condena no se registre en el certificado de antecedentes penales.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El imputado admitió responsabilidad en los hechos. * Concurren las atenuantes del artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal. * El imputado cumplía con los requisitos para la remisión condicional, según el artículo 4 de la Ley 18.216. * La admisión de responsabilidad evitó un juicio y costos para el Estado.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 194 de la Ley 18.290 (conducción sin la licencia debida). * Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 30 del Código Penal (penas accesorias). * Artículo 4 de la Ley 18.216 (requisitos para la remisión condicional). * Artículo 38 de la Ley 18.216 (omisión de la sentencia en el Certificado de Antecedentes). * Artículo 395 del Código Procesal Penal (determinación de la pena). * Artículo 36 de la Ley 18.216 (incompetencia del tribunal para cuestiones de cumplimiento de la pena sustitutiva). * Artículos 1, 7, 14, 15, 24, 25, 49 y 70 del Código penal; 340, 388, 393, 394, 395 del Código procesal Penal; y 1 y siguientes de la Ley 18.216.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El imputado debía presentarse en el CRS de Gendarmería de Copiapó, para control administrativo. * El documento no menciona las consecuencias específicas del incumplimiento de la remisión condicional.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en la sentencia.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Diego de Almagro. * RUC: 1900915508-5 * RIT: 547-2019 * Fecha de la sentencia: 26 de febrero de 2020. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El día 23 de agosto de 2019, aproximadamente a las 23:15 horas, condujo el camión patente JXKS.54, de 7280 kilos de peso bruto vehicular, por Avenida El Tofo con calle Washington, El Salvador, comuna de Diego de Almagro. * El imputado fue fiscalizado por Carabineros, quienes verificaron que no poseía licencia de conducir profesional.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Conducción sin la licencia debida, según el artículo 194 de la Ley 18....

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