Penal - Rol N° O-323-2019

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo. * RIT: 323-2019. * RUC: 1.801.226.201-5. * Fecha: 16 de marzo de 2020. * Tipo de procedimiento: Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades.

Hechos acreditados: * El 10 de enero de 2019, aproximadamente a las 11:30 horas, vendió a , desde el domicilio ubicado en , 6 envoltorios de papel cuadriculado con pasta base (1,3 gramos). * El mismo día, a las 13:55 horas aproximadamente, tras una orden de entrada y registro, Carabineros encontró en el domicilio de 457 envoltorios de pasta base (89 gramos) y $176.150 en efectivo. * Los hechos ocurrieron sin autorización, con fines de comercialización y promoción del consumo de drogas.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades (artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000). * Pena: 300 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Reclusión parcial nocturna domiciliaria: Encierro en su domicilio entre las 22:00 y las 06:00 horas. * Pago de la multa en diez parcialidades. * Se consideró como abono el día que estuvo privado de libertad.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 25 años (nacido el 10 de febrero de 1994). * Estado civil: Soltero. * Estudios: Enseñanza media completa. * Ocupación: Conductor de radio taxi. * Antecedentes penales: No registra.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N° 6 del Código Penal) y colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal). * No se mencionan agravantes. * Impacto: Permitió rebajar la pena en un grado.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Probó los hechos de la acusación y la participación del acusado. Afirmó que el acusado vendió y guardaba droga, reconociendo los hechos. Presentó pruebas periciales que acreditaron la naturaleza y cantidad de la droga. * Defensa: Solicitó que se reconociera la atenuante de colaboración, reduciendo la pena. Solicitó medidas alternativas a la privación de libertad.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La declaración de los testigos presenciales, funcionarios de Carabineros. * El reconocimiento del acusado. * La prueba pericial y documental que acreditó la naturaleza y cantidad de la droga. * Se determinó que las sustancias incautadas eran cocaína base, sin que el acusado contara con autorización para poseerlas. * Se consideró la cantidad de droga incautada como tráfico en pequeñas cantidades.

Disposiciones legales determinantes: * Artículos 1, 4 de la Ley 20.000 (sobre tráfico de drogas). * Artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 15 Nº 1, 29, 32, 38, 39, 40, 42, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal. * Artículos 259 y siguientes del Código Procesal Penal. * Artículos 45 y 46 de la Ley 20.000. * Artículo 8 de la Ley 18.216.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * En caso de revocación o quebrantamiento de la reclusión parcial, el condenado deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o se la reemplazará por una de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo. * RIT: 323-2019. * RUC: 1.801.226.201-5. * Fecha: 16 de marzo de 2020. * Tipo de procedimiento: Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades.

Hechos acreditados: * El 10 de enero de 2019, aproximadamente a las 11:30 horas, vendió a , desde el domicilio ubicado en , 6 envoltorios de papel cuadriculado con pasta base (1,3 gramos). * El mismo día, a las 13:55 horas aproximadamente, tras una orden de entrada y registro, Carabineros encontró en el domicilio de 457 envoltorios de pasta base (89 gramos) y $176.150 en efectivo. * Los hechos ocurrieron sin autorización, con fines de comerciali...

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