Penal - Rol N° O-5286-2019
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Valdivia * RIT: 5286-2019 * RUC: 1900919806-k * Fecha: 13 de marzo de 2020 * Tipo de procedimiento: Juicio Simplificado
• Hechos acreditados: * El 26 de agosto de 2019, aproximadamente a las 16:35 horas, María Teresa Soto Saldivia se encontraba en su domicilio ubicado en calle Los Peumos N° 369, Valdivia. * David Eliecer Obando Beltran, cónyuge de la víctima, se presentó en el domicilio, presuntamente en estado de ebriedad, y la víctima cerró la puerta. * Según la declaración de la víctima, Obando Beltran habría gritado amenazas y golpeado la puerta, portando un hacha. * Carabineros fue llamado al lugar, y el imputado se retiró. * Posteriormente, Carabineros detuvo a Obando Beltran en el ante jardín de la propiedad.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a David Eliecer Obando Beltran por el delito de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación al artículo 5° de la Ley 20.066, en grado consumado. * La fiscalía solicitó una pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales (no especificadas) y accesorias del artículo 9 letras b) prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio, c) prohibición de porte, tenencia y comiso de armas de fuego y d) asistir a terapia para controlar impulsos, todas por el término de un año, más el pago de las costas del procedimiento. * El tribunal ABSUELVE a David Eliecer Obando Beltran del delito imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: David Eliecer Obando Beltran * Fecha de nacimiento: 22 de octubre de 1958 * Domicilio: Aníbal Pinto N° 1090, Valdivia * El documento no menciona antecedentes penales.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El documento no menciona ninguna atenuante ni agravante que haya sido considerada.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que la prueba rendida (declaración de la víctima, funcionarios policiales y prueba documental) era suficiente para acreditar el delito y la participación del imputado. * Defensa: Solicitó la absolución del imputado, argumentando que no hubo participación en el delito y que existían contradicciones en la declaración de la víctima.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que la única prueba directa de las amenazas era la declaración de la víctima, pero encontró contradicciones en su testimonio. * El tribunal destacó que los funcionarios policiales solo fueron testigos de oídas de la versión de la víctima y no presenciaron las supuestas amenazas. * El tribunal señaló que no se encontró el hacha que supuestamente el imputado portaba, y que las declaraciones de los funcionarios policiales no pudieron determinar si el imputado se encontraba en estado de ebriedad. * El tribunal notó contradicciones en la declaración de la víctima respecto a si estaban separados de hecho y la falta de prueba de lesiones o agresiones. * En resumen, el tribunal concluyó que no se logró acreditar, más allá de toda duda razonable, la comisión del delito.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autoría) * Artículo 296 N° 3 del Código Penal (amenazas no condicionales) * Artículo 5° de la Ley 20.066 (violencia intrafamiliar) * Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba) * Artículo 302 del Código Procesal Penal (derecho a no declarar) * Artículo 340 del Código Procesal Penal (estándar de prueba) * Artículo 388 y ss. del Código Procesal Penal (juicio oral) * Artículo 468 del Código Procesal Penal (ejecución de la sentencia)
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El documento no menciona ninguna suspensión condicional de la pena, ya que el imputado fue absuelto.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * El documento no menciona la presentación de recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Valdivia * RIT: 5286-2019 * RUC: 1900919806-k * Fecha: 13 de marzo de 2020 * Tipo de procedimiento: Juicio Simplificado
• Hechos acreditados: * El 26 de agosto de 2019, aproximadamente a las 16:35 horas, María Teresa Soto Saldivia se encontraba en su domicilio ubicado en calle Los Peumos N° 369, Valdivia. * David Eliecer Obando Beltran, cónyuge de la víctima, se presentó en el domicilio, presuntamente en estado de ebriedad, y la víctima cerró la puerta. * Según la declaración de la víctima, Obando Beltran habría gritado amenazas y golpeado la puerta, portando un hacha. * Carabineros fue llamado al lugar, y el imputado se retiró. * Posteriorme...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.