Penal - Rol N° O-48-2019
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de Castro * RIT: 48-2019 * RUC: 1810035319-5 * Fecha de la sentencia: 23 de junio de 2020 * Tipo de procedimiento: Juicio oral y determinación de pena.
• Hechos acreditados: * Fecha y hora: 5 de agosto de 2018, aproximadamente a las 05:20 horas. * Lugar: Ruta 5 Sur, a la altura del Km. 1183, comuna de Castro. * Conducta del acusado: Conducía en estado de ebriedad un vehículo Honda, color rojo, placa patente DXPW.70. * Accidente: Impacto con vehículo Kia, conducido por Felipe Ruiz Morales, quien previamente había traspasado el eje de la calzada e impactado a un vehículo Mazda, conducido por Álvaro Cares Sáez. * Consecuencias del accidente: * Fallecimiento de Felipe Ruiz Morales y Bastián Molina Nicucheo. * Lesiones graves gravísimas con riesgo vital a Álvaro Cares Sáez. * Lesiones graves a José Ignacio Ojeda Ojeda e Ignacio Andrés Carrillo Labbé. * Lesión leve a Roberto Manuel Romero Carrasco. * Daños en los vehículos involucrados (HSRX.27, CYVZ.92, DXPW.70). * Acciones posteriores del acusado: No detuvo la marcha, no prestó ayuda, no dio cuenta a la autoridad y huyó del lugar. * Detención del acusado: 5 de agosto de 2018, a las 13:34 horas, en su domicilio en Dalcahue. * Estado de ebriedad: 1,43 gramos por litro de alcohol en la sangre al momento del accidente, según retroproyección.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: * Conducción en estado de ebriedad (artículos 196 inciso 1° y 110 de la Ley de Tránsito N° 18.290). * No dar cuenta de accidente de tránsito con resultado de muerte, lesiones graves y daños (artículos 176 y 195 de la Ley de Tránsito). * Participación del acusado: Autor. * Pena para conducción en estado de ebriedad: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 2 UTM, suspensión de licencia de conducir por dos años. * Pena para no dar cuenta del accidente: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 UTM, inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y comiso del vehículo Honda Civic, patente DXPW-70.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad por libertad vigilada intensiva. * Obligación de cumplir condiciones del artículo 17 de la Ley 18.216. * Obligación de cumplir programas formativos de educación vial. * Autorización para pagar las multas en 12 cuotas mensuales. * Exención de costas.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: Diego Carlos Alderete Muñoz. * Edad: 27 años. * Fecha de nacimiento: 3 de abril de 1992. * Ocupación: Instalador de alarmas y bodeguero. * Estudios: Cuarto medio. * Antecedentes penales: No registra condenas anteriores.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N° 6 del Código Penal). * Colaboración sustancial (artículo 11 N° 9 del Código Penal) solo para el delito de no dar cuenta de accidente. * Agravantes: Ninguna.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Demostró la conducción en estado de ebriedad, el delito de huir del lugar del accidente y solicitó la condena en los términos de la acusación, reconociendo la atenuante del artículo 11 N° 6 del CP. * Defensa: Cuestionó la calificación jurídica, argumentando que no hubo participación causal en el accidente para el delito de omisión, solicitando la absolución. En subsidio, solicitó la aplicación de una falta de tránsito. Respecto a la conducción en estado de ebriedad, cuestionó la retroproyección y en subsidio solicitó la aplicación de la pena del artículo 195 y las atenuantes del 6 y 9 del artículo 11 del CP.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Acreditación de los hechos: El tribunal se basó en las declaraciones de testigos presenciales, funcionarios policiales y peritos, además de evidencia documental y fotográfica. * Estado de ebriedad: Se acreditó mediante la boleta de alcoholemia y el informe de retroproyección, estableciendo que el acusado conducía con 1,43 gramos por litro de alcohol en la sangre al momento del accidente. * Delito de no dar cuenta del accidente: El tribunal consideró que el acusado incumplió las obligaciones de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad. * Naturaleza del delito de no dar cuenta del accidente: El tribunal determinó que es un delito de omisión propia, y no es necesario que el acusado causara el accidente. * Causa del accidente: El tribunal concluyó que el accidente fue causado por la imprudencia del conductor del Kia, no siendo el acusado el responsable directo de las lesiones y fallecimientos. * Análisis de las atenuantes: Se acogió la irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial, esta última solo respecto del delito de no dar cuenta de accidente.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 29, 49, 50, 67, 69, 70, 74 del Código Penal. * Artículos 276, 295, 296, 297, 340, 342, 343, 344, 346, 348 y 468 del Código Procesal Penal. * Artículos 110, 111, 176, 195, 196, 196 bis, 196 ter y 200 de la Ley de Tránsito N° 18.290. * Artículos 1, 15, 15 bis, 16, 17, y 17 ter de la Ley 18.216.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Condiciones de la libertad vigilada intensiva: Cumplir con el Plan de Intervención Individual, asistir a los centros de Gendarmería y cumplir con las condiciones legales de las letras a) b) y c) del artículo 17 de la Ley 18.216 y la obligación de cumplir programas formativos de educación vial, esto es, la letra d) del artículo 17 ter. * Consecuencias del incumplimiento: Revocación de la libertad vigilada intensiva y cumplimiento íntegro y efectivo de las penas privativas de libertad originales.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de Castro * RIT: 48-2019 * RUC: 1810035319-5 * Fecha de la sentencia: 23 de junio de 2020 * Tipo de procedimiento: Juicio oral y determinación de pena.
• Hechos acreditados: * Fecha y hora: 5 de agosto de 2018, aproximadamente a las 05:20 horas. * Lugar: Ruta 5 Sur, a la altura del Km. 1183, comuna de Castro. * Conducta del acusado: Conducía en estado de ebriedad un vehículo Honda, color rojo, placa patente DXPW.70. * Accidente: Impacto con vehículo Kia, conducido por Felipe Ruiz Morales, quien previamente había traspasado el eje de la calzada e impactado a un vehículo Mazda, conducido por Álvaro Cares Sáez. * Consecuencias del accidente: * Fallecim...
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