Penal - Rol N° O-9187-2020

MP C/

Abstracto

El presente resumen corresponde a un caso judicial tramitado en el Juzgado de Garantía de Rancagua, con RUC 2000819428-K y RIT 9187-2020. La audiencia se realizó el 14 de diciembre de 2020, bajo un procedimiento de Preparación de Juicio Oral Simplificado. Los hechos imputados ocurrieron el 12 de agosto de 2020, aproximadamente a las 20:15 horas, en la intersección de calles Diego de Almagro con República de Chile, Rancagua. Se acusó a Natalia Michelle Bertetti More y Alexander Nicolás Mejías Lagos de infringir el artículo 318 del Código Penal, al encontrarse en la vía pública durante el toque de queda sin salvoconducto ni permiso. El tribunal calificó el delito como consumado y aplicó una pena de multa de una Unidad Tributaria Mensual (UTM). Se otorgó la suspensión de la pena y sus efectos por seis meses, con exención de costas. Se consideró la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal, lo que permitió la suspensión condicional de la pena. La decisión se basó en la admisión de responsabilidad de los imputados y la aplicación del procedimiento simplificado. Se citan disposiciones legales como los artículos 1, 11 N°6, 15, 318 del Código Penal, y los artículos 395 y siguientes, 398, 468 del Código Procesal Penal. La suspensión de la pena es por seis meses, y el incumplimiento de condiciones podría llevar a un nuevo requerimiento o formalización. Los intervinientes renunciaron a los plazos para recurrir, quedando la sentencia ejecutoriada inmediatamente.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Rancagua. * RUC: 2000819428-K. * RIT: 9187-2020. * Fecha de la audiencia: 14 de diciembre de 2020. * Tipo de procedimiento: Preparación de Juicio Oral Simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 12 de agosto de 2020, aproximadamente a las 20:15 horas. * Lugar: Vía pública, en la intersección de calles Diego de Almagro con República de Chile, Rancagua. * Conducta: Los imputados, y , fueron encontrados en la vía pública durante el toque de queda, establecido por decreto supremo N°104 y 269 del Ministerio del Interior, sin salvoconducto ni permiso.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Infracción al artículo 318 del Códig...

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