Penal - Rol N° O-1676-2015
MP C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a Franco Nicolás Jara Vergara por el delito de lesiones graves, ocurrido en La Pintana en 2014.
Los hechos establecieron que Jara Vergara disparó a Claudio Enrique Fuentes Rivera, causándole lesiones graves. El tribunal de primera instancia lo condenó a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, con la accesoria de suspensión de cargo u oficio público. Se sustituyó la pena por la remisión condicional, sujeta a control y asistencia al CRS Santiago Sur II, por un año.
La defensa solicitó la aplicación del artículo 103 del Código Penal. El tribunal reconoció la atenuante de colaboración sustancial (art. 11 N° 9 CP) por la aceptación del procedimiento abreviado, y la del artículo 103 CP, rebajando la pena.
Se consideraron las anotaciones penales pretéritas, la prescripción de algunas de ellas, y el hecho de que el imputado no había salido del país desde 2010.
Las disposiciones legales determinantes incluyeron el artículo 397 N° 2 (lesiones graves), 11 N° 9 (colaboración), 103 (atenuantes) del Código Penal, y artículos de la Ley 18.216 sobre penas sustitutivas.
El imputado debe presentarse al CRS y cumplir con las obligaciones de la remisión condicional durante un año. El incumplimiento podría llevar a la revocación de la pena sustitutiva.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago. * RIT: 1676-2015 * RUC: 1400971912-2 * Fecha de sentencia: 29 de enero de 2021. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado.
• Hechos acreditados: El 5 de octubre de 2014, aproximadamente a las 22:30 horas, disparó a Claudio Enrique Fuentes Rivera en el estómago con un arma de fuego, en la intersección de calle Bahía Catalina y Pasaje El Trombón, comuna de La Pintana. La víctima sufrió lesiones graves.
• Calificación jurídica y pena impuesta: El tribunal condenó a por el delito consumado de lesiones graves, previsto en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, como autor. Se le impuso la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo...
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