Penal - Rol N° O-9254-2019

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Chillán. * RUC: 1900308877-7. * RIT: 9254-2019. * Fecha de la audiencia: 26 de febrero de 2021. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 15 de marzo de 2019, aproximadamente a las 21:50 horas. * Lugar: Calle 20 de Agosto, comuna de Chillán Viejo, intersección con Tomás Yavar. * Conducta: conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente BTPY-95. Fue fiscalizado por personal policial que constató su estado etílico por aliento alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar. El examen de alcoholemia arrojó 2.01 gramos de alcohol por mil en la sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad (consumado). * Pena: 41 días de prisión en su grado máximo, multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual (UTM), suspensión de la licencia de conducir por dos años y suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Remisión condicional de la pena de prisión (sustitución de la pena privativa de libertad), sujeta al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Chillán por un año. * Exención del pago de costas del procedimiento. * Orden de omitir la anotación de la sentencia condenatoria del certificado de antecedentes penales, una vez ejecutoriada.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: .

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Art. 11 N° 6 y 9 del Código Penal (no especificados en detalle, pero presumiblemente se refieren a la colaboración del imputado y su buena conducta anterior). * Agravantes: No concurren.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se detallan explícitamente en el resumen.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La sentencia oral se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio del tribunal (artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal). * Se consideran los arts. 1, 5, 11 N° 6 y 9, 15, 25, 30, 50, 67, 69 y 70 del Código Penal; arts. 11, 47, 297, 340, 341, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; art. 4 y siguientes de la Ley N° 18.216 y normas pertinentes de la Ley N° 18.290. * Se aplicó la remisión condicional de la pena de prisión al cumplirse los requisitos del art. 4 de la Ley N° 18.216, modificada por la Ley N° 20.603.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Código Penal: arts. 1, 5, 11 N° 6 y 9, 15, 25, 30, 50, 67, 69 y 70. * Código Procesal Penal: arts. 11, 39, 47, 297, 340, 341, 342, 388 y siguientes. * Ley N° 18.216: art. 4 y siguientes, modificada por la Ley N° 20.603. * Ley N° 18.290. * Ley N° 20.603: art. 38.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Remisión condicional: El imputado debe someterse al control del Centro de Reinserción Social de Chillán por un año. Debe presentarse en el Centro dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, bajo apercibimiento de revocación, sin abonos. * El imputado deberá entregar su licencia de conducir dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria del fallo. * La multa se deberá cumplir en el equivalente de UTM al momento del pago, el último día hábil del mes siguiente a la ejecutoria, en Tesorería Regional o banco habilitado. Si no tiene bienes para satisfacer la multa, se sustituirá por prestación de servicios o reclusión.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * El imputado renunció a plazos y recursos legales, por lo que la sentencia se considera firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Chillán. * RUC: 1900308877-7. * RIT: 9254-2019. * Fecha de la audiencia: 26 de febrero de 2021. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 15 de marzo de 2019, aproximadamente a las 21:50 horas. * Lugar: Calle 20 de Agosto, comuna de Chillán Viejo, intersección con Tomás Yavar. * Conducta: conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente BTPY-95. Fue fiscalizado por personal policial que constató su estado etílico por aliento alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar. El examen de alcoholemia arrojó 2.01 gramos de alcohol por mil en la sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito:...

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