Penal - Rol N° O-100-2021

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RUC: 1800905186-0 * RIT: 100-2021 * Fecha de la sentencia: 14 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * Fecha: 15 de septiembre de 2018, aproximadamente a las 05:30 horas. * Lugar: Calle Vicuña Mackenna, intersección con calle Irarrázaval, Quilpué. * Conductas: * conducía una camioneta en estado de ebriedad (2.53 gramos de alcohol por mil en la sangre). * Detuvo la marcha y descendió del vehículo portando una pistola marca CZ calibre 45 con cargador y nueve municiones. * Se acercó a , preparó el arma, se la puso a la altura del estómago y le dijo "este es un regalo de mi hija". * Se inició un forcejeo, durante el cual se percutó un disparo. * En el vehículo se encontraron: seis municiones calibre 9 mm sin percutar, 171 municiones calibre .22 sin percutar, 54 municiones calibre .357 sin percutar y 50 municiones de escopeta calibre 28 sin percutar.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos por los que se condena: * Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad (artículo 196 inciso 2° de la Ley 18.290), en grado consumado. Pena: 270 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 7 UTM, suspensión de la licencia de conducir por dos años, y accesorias legales. * Amenazas (artículo 296 del Código Penal), en grado consumado. Pena: 270 días de presidio menor en su grado mínimo. * Delito por el que se absuelve: * Porte ilegal de municiones (artículo 9 en relación con el artículo 2 letra c) de la Ley de Control de Armas).

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 31 de agosto de 1975 (45 años en la fecha de la sentencia). * Estado civil: Soltero. * Profesión: Instalador de gas. * Antecedentes penales: No se especifica si tiene. Se le reconoce la atenuante de irreprochable conducta anterior.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N° 6 del Código Penal). * Impacto: Se aplicó la pena en su grado mínimo para el delito de conducción en estado de ebriedad y para el delito de amenazas, a pesar de estar sujeto al artículo 17 B de la Ley de Control de Armas.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: * Solicitó condena por los tres delitos (porte ilegal de municiones, amenazas y conducción en estado de ebriedad). * Argumentó que se probaron los hechos de la acusación. * Respecto al porte de municiones, consideró que no estaban autorizadas para el transporte en ese contexto. * En cuanto a las amenazas, argumentó que las acciones del acusado generaron temor en la víctima. * Reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior. * Defensa: * Solicitó la absolución del acusado respecto del porte ilegal de municiones. * Argumentó que el porte de municiones era legal, ya que las tenía para armas inscritas a su nombre y estaban autorizadas para su transporte. * En cuanto a las amenazas, argumentó que se trató de un forcejeo en estado de ebriedad y no hubo intención de causar daño. * Respecto al manejo en estado de ebriedad, reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Conducción en estado de ebriedad: Basado en los testimonios de la víctima, testigos y carabineros, y el resultado de la alcoholemia. * Amenazas: Basado en el testimonio de la víctima y testigos, que describieron el contexto en que el acusado empuñó el arma, y el temor que esto generó. El tribunal consideró que las acciones del acusado fueron objetivamente amenazantes. * Absolución por porte ilegal de municiones: El tribunal estimó que las municiones encontradas tenían un destino funcional para las armas del acusado, que estaban inscritas a su nombre, y estaban permitidas. La escopeta calibre 12 también estaba inscrita a su nombre y contaba con permiso de transporte.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 196 inciso 2° de la Ley 18.290 (Ley de Tránsito): Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad. * Artículo 296 del Código Penal: Amenazas. * Artículo 9 en relación con el artículo 2 letra c) de la Ley de Control de Armas: Porte ilegal de municiones. * Artículo 5° y 11 de la Ley 17.798 (Ley de Control de Armas) sobre tenencia y transporte de armas y municiones. * Artículo 11 N°6 y 67 del Código Penal sobre atenuantes. * Artículo 17 B) de la ley 17.798. * Artículos 1, 45, 47, 48, 295, 296, 297, 329, 332, 333, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La pena de multa puede ser pagada en siete cuotas iguales y sucesivas. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá, por vía de sustitución, la pena de reclusión, regulándose un día por cada media unidad tributaria mensual, no pudiendo exceder la reclusión de seis meses.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RUC: 1800905186-0 * RIT: 100-2021 * Fecha de la sentencia: 14 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * Fecha: 15 de septiembre de 2018, aproximadamente a las 05:30 horas. * Lugar: Calle Vicuña Mackenna, intersección con calle Irarrázaval, Quilpué. * Conductas: * conducía una camioneta en estado de ebriedad (2.53 gramos de alcohol por mil en la sangre). * Detuvo la marcha y descendió del vehículo portando una pistola marca CZ calibre 45 con cargador y nueve municiones. * Se acercó a , preparó el arma, se la puso a la altura del estómago y le dij...

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