Penal - Rol N° O-21-2021
MINISTERIO PÚBLICO C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. * RIT: 21-2021. * RUC: 1910059815-1. * Fecha: 27 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral. * Delitos: Receptación (artículo 456 bis A del Código Penal) y robo en lugar no habitado (artículo 432 del Código Penal).
• Hechos acreditados: * El 19 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 22:10 horas, se produjo un robo en la tienda Autoplanet, ubicada en calle Paicaví N° 1796, Concepción. * Personal de Carabineros llegó al lugar y observó a varias personas saliendo del interior de la tienda con especies. * fue detenido en calle Paicaví, portando una bolsa cuyo contenido no fue identificado. * Los demás acusados fueron detenidos en las cercanías del lugar, portando diversas especies, las cuales, según el gerente de Autoplanet, fueron reconocidas como pertenecientes a la tienda.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Ministerio Público: Acusó por receptación (artículo 456 bis A del Código Penal), solicitando penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de cinco unidades tributarias mensuales para Brian Esteban Suil Riquelme y Eric Patricio Suil Olate. Para , y solicitó cinco años de presidio menor en su grado máximo y multa de siete unidades tributarias mensuales para cada uno. * Parte querellante: Acusó por robo en lugar no habitado (artículo 432 del Código Penal) y solicitó cinco años de presidio menor en su grado máximo para todos los acusados. * Sentencia: Absuelve a todos los acusados de ambos cargos.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : 20 años, soltero, enseñanza media incompleta, estudiante y comerciante. * : 22 años, soltero, enseñanza media finalizada, enfierrador. * : 19 años, soltero, enseñanza media finalizada, carpintero. * : 29 años, soltero, enseñanza media incompleta, maestro carpintero. * : 22 años, soltero, enseñanza media incompleta, andamiero.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Artículo 11 N°6 del Código Penal, a favor de Brian Esteban Suil Riquelme y Eric Patricio Suil Olate. * Agravantes: Artículo 12 N°10 del Código Penal (comisión del delito en ocasión de conmoción popular), aplicable a todos los acusados. * Artículo 12 N°14 del Código Penal (comisión del delito mientras cumple una condena), aplicable a . * Artículo 12 N°15 del Código Penal, aplicable a y . * Artículo 449 bis del Código Penal, aplicable según la querellante. * Artículo 12 N°16 del Código Penal, aplicable según la querellante, a .
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Sostiene que se probó el robo en Autoplanet y la receptación de especies por parte de los acusados. Argumenta que los acusados conocían el origen ilícito de las especies al ser sorprendidos portándolas y que fueron detenidos portando las especies sustraídas. * Querellante: Considera que se acreditó el robo en lugar no habitado y la participación de los acusados. Fundamenta en el contexto de conmoción popular, el forado en la tienda y la presunción del artículo 454 del Código Penal. Afirma que las vestimentas de algunos imputados coinciden con lo que se ve en videos y fotos del lugar del robo. * Defensa: Argumenta que no se probó el robo ni la receptación. Señala que no se acreditó el ingreso por forado, que no se identificaron las especies que portaba y que no se alcanzó el estándar probatorio para condenar, basándose en la falta de pruebas.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que la prueba presentada por el Ministerio Público y la querellante no estableció, más allá de toda duda razonable, los hechos en los que se basaron las acusaciones. * En el caso de , no se pudo determinar qué especies portaba en la bolsa, por lo tanto, no se probó el objeto material de los delitos de receptación y robo. * Respecto de los demás acusados, no se logró probar su participación en la ejecución de alguna acción relacionada con los hechos de la acusación. * El tribunal cuestiona la falta de corroboración de las imágenes del video con los dichos del gerente. * La querellante no describió en la acusación hechos constitutivos de robo respecto de y los otros acusados, sino que sólo refirió la ocurrencia de un robo en Autoplanet para explicar el origen ilícito de las especies. Acoger la calificación jurídica de la querellante implicaría una ampliación de los hechos descritos en la acusación, lo cual está prohibido por el artículo 341 del Código Procesal Penal.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 456 bis A del Código Penal (receptación). * Artículo 432 del Código Penal (robo en lugar no habitado). * Artículo 454 del Código Penal (presunción de autoría en caso de hallazgo de objetos robados). * Artículo 11 N°6, artículo 12 N°10, N°14, N°15 y N°16 del Código Penal (atenuantes y agravantes). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (estándar de convicción). * Artículo 341 del Código Procesal Penal (prohibición de exceder el contenido de la acusación). * Artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal (nulidad del juicio por infringir la prohibición de exceder la acusación). * Artículos 1°, 4°, 36, 45, 46, 48, 281, 295, 296, 297, 309, 323, 325, 326, 328, 329, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se menciona suspensión condicional de la pena.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. * RIT: 21-2021. * RUC: 1910059815-1. * Fecha: 27 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral. * Delitos: Receptación (artículo 456 bis A del Código Penal) y robo en lugar no habitado (artículo 432 del Código Penal).
• Hechos acreditados: * El 19 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 22:10 horas, se produjo un robo en la tienda Autoplanet, ubicada en calle Paicaví N° 1796, Concepción. * Personal de Carabineros llegó al lugar y observó a varias personas saliendo del interior de la tienda con especies. * fue detenido en calle Paicaví, portando una bolsa cuyo contenido no fue identificado...
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