Penal - Rol N° O-47-2021

MP C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. * RUC: 1801213366-5. * RIT: 47-2021. * Fecha: 13 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral en lo penal.

Hechos acreditados: * El 7 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 21:30 horas, conducía en estado de ebriedad un automóvil Renault Megane por el camino a Ramuntcho, Hualpén. * colisionó por alcance a , quien conducía una bicicleta en la misma dirección, provocando lesiones que le causaron la muerte el 5 de junio de 2019. * Tras la colisión, se dio a la fuga sin detenerse, prestar auxilio ni denunciar el hecho. * Aproximadamente 800 metros después, el acusado perdió el control del vehículo y colisionó con un automóvil Lada Samara conducido por . * tenía 1,51 gramos de alcohol por litro de sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: * Conducción en estado de ebriedad causando muerte y daños (artículos 196 inciso 3° y 1° en relación al artículo 110 inciso 2° de la Ley de Tránsito). * Incumplimiento de la obligación de detenerse, prestar auxilio y denunciar accidente (artículo 195 inciso 3° en relación a los artículos 168 y 176 de la Ley de Tránsito). * Penas: * Cuatro años de presidio menor en su grado máximo. * Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Multa de once unidades tributarias mensuales para cada delito. * Inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.

Antecedentes relevantes del imputado: * Edad: 42 años. * Estado civil: Casado. * Ocupación: Técnico en montaje industrial. * Antecedentes penales: Irreprochable conducta anterior.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N° 6 del Código Penal). * Colaboración en la investigación, pero solo respecto al delito de conducción en estado de ebriedad causando muerte (artículo 11 N°9 del Código Penal). * Agravantes: No se consideraron.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: * Acusó por conducción en estado de ebriedad causando muerte y daños, y por incumplimiento de la obligación de detenerse, prestar auxilio y denunciar. * Solicitó penas de cinco años y un día de presidio (conducción en estado de ebriedad causando muerte) y tres años y un día de presidio (incumplimiento de la obligación legal). * Argumentó que los hechos estaban probados, incluyendo el estado de ebriedad, la muerte de la víctima y la fuga. * Solicitó que las penas fuesen efectivas. * Defensa: * Argumentó que el acusado es culpable por el delito de conducir en estado de ebriedad causando muerte y daños, pero no del delito de fuga ya que no existía dolo, argumentando que se había quedado dormido. * Alegó que la víctima pudo haber contribuido al accidente y solicitó una recalificación del delito de conducción en estado de ebriedad causando muerte a simple manejo en estado de ebriedad. * Argumentó que la ley de tránsito del artículo 195, inciso 3, era inconstitucional. * Presentó pruebas sobre el consumo de tramadol por parte del acusado. * Solicitó que se reconocieran las atenuantes de los números 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal y pidió penas sustitutivas, como libertad vigilada.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que el estado de ebriedad del acusado fue la causa basal del accidente. * Desestimó la versión del acusado sobre la pérdida de consciencia. * Concluyó que el acusado no detuvo su marcha, no prestó auxilio ni dio cuenta del accidente a la autoridad. * Concluyó que el delito de fuga estaba acreditado. * No aceptó la recalificación jurídica.

Disposiciones legales determinantes: * Artículos 196 inciso 3° y 1°, en relación al artículo 110 inciso 2° de la Ley de Tránsito (conducción en estado de ebriedad causando muerte). * Artículos 195 inciso 3° en relación a los dispuesto en los artículos 168 y 176 de la Ley de Tránsito (incumplimiento de la obligación de detenerse, prestar auxilio y denunciar accidente). * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (irreprochable conducta anterior). * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (colaboración).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Las penas privativas de libertad se cumplirán de manera efectiva, ya que no se cumplen los requisitos para la aplicación de penas sustitutivas.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se hace mención explícita de recursos en el resumen.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. * RUC: 1801213366-5. * RIT: 47-2021. * Fecha: 13 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral en lo penal.

Hechos acreditados: * El 7 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 21:30 horas, conducía en estado de ebriedad un automóvil Renault Megane por el camino a Ramuntcho, Hualpén. * colisionó por alcance a , quien conducía una bicicleta en la misma dirección, provocando lesiones que le causaron la muerte el 5 de junio de 2019. * Tras la colisión, se dio a la fuga sin detenerse, prestar auxilio ni denunciar el hecho. * Aproximadamente 8...

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