Penal - Rol N° O-61-2021
MP C/
Abstracto
C: • Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1901172441-0. * RIT: 61-2021. * Fecha: 28 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.
• Hechos acreditados: * El 14 de abril de 2020, y fueron sorprendidos intentando ingresar al domicilio ubicado en calle Los Cardadores N° 06181, comuna de Puente Alto, y y en el interior de este, todos participando en la transformación de drogas y teniendo en el inmueble cocaína base líquida, una bolsa con 150,4 gramos netos de pasta base de cocaína, y elementos para la actividad ilícita (palos, ollas, cucharas, baldes, balanza, contenedores plásticos y tasas). * Aproximadamente a las 21:25 horas del 14 de abril de 2020, en el pasaje El Prado N° 02276, comuna de Puente Alto, se encontró en poder de una bolsa con 406,26 gramos de pasta base de cocaína y una pistola marca Desert Eagle calibre .357 Magnum, con cargador, nueve cartuchos .357 Magnum y trece cartuchos calibre .40.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * : * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes (artículo 3 en relación al artículo 1 de la Ley N° 20.000). Pena: 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 10 UTM, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. * Delito: Tenencia ilegal de arma de fuego (artículo 9 en relación al artículo 2 letra b) de la Ley N° 17.798). Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Delito: Tenencia ilegal de municiones (artículo 9 en relación al artículo 2 letra c) de la Ley N° 17.798). Pena: 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. * : * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes (artículo 3 en relación al artículo 1 de la Ley N° 20.000). Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 UTM, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * : * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes (artículo 3 en relación al artículo 1 de la Ley N° 20.000). Pena: 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 10 UTM, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. * : * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes (artículo 3 en relación al artículo 1 de la Ley N° 20.000). Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 UTM, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * : Libertad vigilada intensiva (Ley 18.216, artículo 15 bis letra a). * : Expulsión del territorio nacional, sin poder regresar en diez años. La pena de multa se tiene por cumplida.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : Chileno, nacido el 14 de septiembre de 1982, botillero, con varias condenas previas. * : Chileno, nacido el 7 de noviembre de 1986, conductor. * : Chileno, nacido el 31 de mayo de 1981, feriante, con condenas previas. * : Boliviano, nacido el 5 de diciembre de 1977, se ignora profesión u oficio, sin domicilio conocido en Chile.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * : Atenuante de colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos (artículo 11 nº 9 del Código Penal), atenuante muy calificada, rebaja la pena en un grado. * : Atenuante de irreprochable conducta anterior y atenuante de colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos (artículo 11 nº 6 y 9 del Código Penal), rebaja la pena en un grado. * y : No se reconocieron atenuantes. registra condenas previas.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Presentó pruebas para acreditar los hechos y la participación de los imputados, solicitando condenas altas, incluyendo pena efectiva, multas y accesorias. En el caso de se pidió pena por tráfico, elaboración y tenencia ilegal de armas y municiones. Para los demás se solicitó condena por tráfico y elaboración. En el caso de se solicitó la expulsión del país. * Defensa de : Negó participación, discutió la existencia de concurso real, cuestionó la vinculación con el domicilio y la calificación jurídica de los hechos, y solicitó penas menores por tráfico, tenencia de armas y municiones. * Defensa de : Admitió participación, argumentando que solo se trataba de un hecho, y solicitó una pena menor, el beneficio de la libertad vigilada intensiva. * Defensa de : Negó participación y solicitó la absolución, cuestionando la prueba y la calificación de los hechos, solicitando en subsidio, una condena por tráfico en pequeñas cantidades. * Defensa de : Argumentó una participación menor y solicitó que se le reconocieran atenuantes, solicitando una pena menor y la expulsión del país.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Se basó en las declaraciones de los policías (, , , y ) y las declaraciones de los acusados ( y ), las escuchas telefónicas, y las pruebas periciales y documentales. * El tribunal consideró que la prueba fue suficiente para establecer la participación de cada imputado en los delitos. * Se aplicó el principio de consunción para subsumir la elaboración en el tráfico ilícito de estupefacientes. * Se otorgaron los beneficios de la libertad vigilada intensiva a y la expulsión a , al considerar el arraigo y colaboración en cada caso.
• Disposiciones legales determinantes: * Ley 20.000 (Ley de Drogas), artículos 1, 3. * Ley 17.798 (Ley de Control de Armas), artículo 9, 2 letra b y c. * Código Penal, artículos 15 nº 1, 69, 11 nº 6 y 9. * Ley 18.216 (Establece Pena Sustitutivas a las Penas Privativas o Restrictivas de Libertad), artículo 15 bis letra a, 17, 17 ter letra d y 17 quáter. * Código Procesal Penal, artículos 47, 340.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * : Sujeto a libertad vigilada intensiva por tres años y un día, sujeto a las condiciones de los artículos 17, 17 ter letra d, esto es, la obligación de cumplir programas laborales y 17 quáter de la Ley 18.216. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones del artículo 25 y siguientes de la referida norma. * : Expulsión del territorio nacional en el plazo de sesenta días desde que la sentencia quede ejecutoriada. Mientras tanto, permanece custodiado por Gendarmería. El incumplimiento de la prohibición de regresar al territorio nacional dentro de los diez años siguientes a la sentencia, revocará la expulsión y deberá cumplir la pena corporal impuesta.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1901172441-0. * RIT: 61-2021. * Fecha: 28 de julio de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.
• Hechos acreditados: * El 14 de abril de 2020, y fueron sorprendidos intentando ingresar al domicilio ubicado en calle Los Cardadores N° 06181, comuna de Puente Alto, y y en el interior de este, todos participando en la transformación de drogas y teniendo en el inmueble cocaína base líquida, una bolsa con 150,4 gramos netos de pasta base de cocaína, y elementos para la actividad ilícita (palos, ollas, cucharas, baldes, balanza, contenedores plásticos y tasas). * Aproximadamente a las ...
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