Penal - Rol N° O-1196-2020

MINISTERIO PÚBLICO C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. * RUC: 2000775381-1 * RIT: 1196-2020 * Fecha de la sentencia: 09 de agosto de 2021. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados:

* **Hecho 1 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 4 de agosto de 2020, el Ministerio Público ordenó investigar tráfico de drogas en el eje Ferrocarril – Arica – Chorrillos de Caldera. El 12 de agosto de 2020, un agente encubierto compró a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> en <redacted-content type="Address">Address</redacted-content> un envoltorio de pasta base de cocaína por $5.000. El 27 de agosto de 2020, en un allanamiento en el mismo domicilio se encontró a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> con cannabis sativa (5,1 gramos). En <redacted-content type="Address">Address</redacted-content>, domicilio de <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, se encontraron 19 envoltorios y dos bolsas de pasta base de cocaína (8,5 gramos), un envoltorio de cannabis sativa (2,0 gramos) y una pesa digital. Se hallaron $774.000 producto del delito. * **Hecho 2 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 16 de agosto de 2020, un agente encubierto compró cannabis sativa a un hombre no identificado en <redacted-content type="Address">Address</redacted-content> por $5.000. El 27 de agosto de 2020, en allanamiento en el domicilio de <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, se encontró a este y a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> con 31,84 gramos de cannabis sativa y dos plantas de cannabis.

Calificación jurídica y pena impuesta:

* **<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>:** Culpable de tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades (posesión y suministro) según el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000. Se le condenó a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de un tercio de unidad tributaria mensual (UTM), incorporación de huella genética y comiso de $774.000. * **<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>:** Culpable de tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades (posesión y suministro) según el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000. Se le condenó a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de un tercio de UTM, incorporación de huella genética y comiso de $7.000. Adicionalmente, culpable de cultivo de cannabis según el artículo 8° de la Ley 20.000. Se le condena a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de un tercio de UTM e incorporación de huella genética.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas:

* Se sustituyen las penas corporales de ambos imputados por remisión condicional de la pena por un año, bajo las condiciones del artículo 5° de la Ley 18.216. * Se omite la anotación de las condenas en los certificados de antecedentes de ambos imputados (artículo 38 de la Ley 18.216). * Se exime a ambos imputados del pago de las costas de la causa.

Antecedentes relevantes del imputado: * : Fecha de nacimiento: 23 de enero de 1980. * : Fecha de nacimiento: 20 de agosto de 2001. * Ambos imputados no contaban con anotaciones prontuariales pretéritas.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se aplicaron las atenuantes del artículo 11 N°6 y N°9 del Código Penal para ambos imputados. * No se constataron agravantes.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La sentencia oral, que contiene la motivación completa, se encuentra registrada en audio. * Se valora la confesión y colaboración de los imputados, la cual se presume en el cumplimiento de los requisitos para el procedimiento abreviado.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 4° y artículo 1° de la Ley 20.000 (tráfico de drogas). * Artículo 8° de la Ley 20.000 (cultivo de cannabis). * Artículo 11 N°6 y N°9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 30 del Código Penal (pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público). * Artículo 3° y 5° de la Ley 18.216 (remisión condicional de la pena). * Artículo 38 de la Ley 18.216 (omisión de anotaciones en certificados de antecedentes). * Artículo 49 del Código Penal (sustitución de la multa por reclusión). * Artículo 468 del Código Procesal Penal (cumplimiento de la sentencia).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Ambos sentenciados deben presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Copiapó el 16 de agosto de 2021 en la mañana. * El incumplimiento de esta condición podría llevar a la emisión de una orden de detención. * Respecto al pago de la multa impuesta a , se le conceden 30 días para su pago en la cuenta corriente del Banco Estado Nº9006184, debiendo presentar el comprobante al tribunal. Si no tiene los medios, puede solicitar la sustitución por prestación de servicios comunitarios. De no pagar la multa ni manifestar la voluntad de sustituirla, se aplicará la pena de reclusión, a razón de un día por cada tercio de UTM, según el artículo 49 del Código Penal.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. * RUC: 2000775381-1 * RIT: 1196-2020 * Fecha de la sentencia: 09 de agosto de 2021. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados:

* **Hecho 1 (<redacted-content type="Name">Name</redacted-content>):** El 4 de agosto de 2020, el Ministerio Público ordenó investigar tráfico de drogas en el eje Ferrocarril – Arica – Chorrillos de Caldera. El 12 de agosto de 2020, un agente encubierto compró a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> en <redacted-content type="Address">Address</redacted-content> un envoltorio de pasta base de cocaína por $5.000. El 27 de agosto de 2020, en un allanamiento en el mismo domicilio se encontró a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> con cannabis sativa (5,1 gramos). En <redacted-content type="Address">Address</redacted-content>, domicilio de <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, se encontraron 1...

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