Penal - Rol N° O-161-2021

MINISTERIO PUBLICO C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RIT: 161-2021. * RUC: 2001001968-1. * Fecha: 9 de agosto de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * Fecha: 30 de septiembre de 2020, aproximadamente a las 16:30 horas. * Lugar: Cordón sanitario en Avenida Los Carrera con calle Los Lunes, límite entre las comunas de Quilpué y Viña del Mar. * Conducta: fue fiscalizado por Carabineros y la Seremi de Salud mientras conducía un automóvil. Exhibió desde su teléfono un permiso único colectivo para circular que, al ser revisado, resultó ser falso. El permiso original era para otra persona y tenía fechas diferentes. El acusado transitaba desde Viña del Mar, comuna en cuarentena, hacia Quilpué.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos imputados: Uso malicioso de documento público falsificado (artículos 193 Nº5 y 6, 194 y 196 del Código Penal) y poner en peligro la salud pública en contravención a las instrucciones de la autoridad en estado de catástrofe (artículo 318 del Código Penal). * Pena solicitada por la Fiscalía: Tres años de presidio menor en su grado medio por el delito de uso malicioso de instrumento público falsificado y quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de infracción a las normas sanitarias, accesorias legales y costas. * Pena impuesta: Absolución por ambos delitos.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 34 años. * Fecha de nacimiento: 22 de octubre de 1986. * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Trabajador independiente. * Domicilio: . * Antecedentes penales: No especificados en el resumen.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan atenuantes ni agravantes.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: El acusado usó maliciosamente un documento público falsificado y violó las normas sanitarias al transitar sin autorización en una zona de cuarentena. Presentó prueba testimonial y documental para acreditar los hechos. * Defensa: El permiso colectivo no es un instrumento público válido. No se acreditó la falsedad del documento ni el dolo. Quilpué no estaba en cuarentena en el momento de los hechos.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró insuficiente la prueba presentada por la fiscalía para acreditar los delitos. * Respecto al uso de documento falso, no se acreditó que el permiso exhibido fuera un instrumento público válido (por no contar con firma electrónica avanzada). Tampoco se probó la falsedad del documento ni el conocimiento de dicha falsedad por parte del acusado (dolo directo). * Respecto al delito contra la salud pública, no se demostró que la conducta del acusado pusiera en riesgo la salud pública, ya que Quilpué se encontraba en fase de preparación, no en cuarentena, en el momento de los hechos. * El tribunal determinó que no se alcanzó el estándar de convicción "más allá de toda duda razonable" necesario para condenar.

Disposiciones legales determinantes: * Código Penal: Artículos 193 Nº5 y 6, 194, 196 y 318. * Código Procesal Penal: Artículos 48, 295, 296, 297, 326, 332, 334, 340, 341, 342, 344 y 468. * Ley 19.799 (sobre documentos electrónicos): Artículos 2 y 7.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se imponen condiciones, dado que hubo absolución.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona la presentación de recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RIT: 161-2021. * RUC: 2001001968-1. * Fecha: 9 de agosto de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * Fecha: 30 de septiembre de 2020, aproximadamente a las 16:30 horas. * Lugar: Cordón sanitario en Avenida Los Carrera con calle Los Lunes, límite entre las comunas de Quilpué y Viña del Mar. * Conducta: fue fiscalizado por Carabineros y la Seremi de Salud mientras conducía un automóvil. Exhibió desde su teléfono un permiso único colectivo para circular que, al ser revisado, resultó ser falso. El permiso original era para otra persona y tenía fechas diferentes. El acusado transitaba desde Viña del Mar, ...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora