Penal - Rol N° O-4850-2018

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Coquimbo. * RUC: 1800309791-5 * RIT: 4850-2018 * Fecha de la sentencia: 4 de octubre de 2021. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 23 de marzo de 2018, aproximadamente a las 09:42 horas, , la víctima, mientras realizaba operaciones en la página web de Scotiabank desde su domicilio en Coquimbo, fue víctima de un ataque de "phishing" que le sustrajo información de su cuenta corriente. * Producto de esto, se realizó una transferencia no autorizada por $4.999.999 a la cuenta corriente del Banco Santander N° 65924943, cuyo titular era . * , previamente concertado con , giró un cheque nominativo por $5.000.000 a favor de este último. * cobró el cheque ese mismo día, 23 de marzo de 2018, a las 13:15 horas aproximadamente.

Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público calificó los hechos como estafa residual, tipificada en el artículo 473 del Código Penal, en grado consumado. * Solicitó una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria legal de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena.

Antecedentes relevantes del imputado: * : 40 años de edad, chileno, casado, dependiente administrativo de logística, nacido el 11 de febrero de 1981. Fijó domicilio en . * : 40 años de edad, chileno, soltero, microempresario del rubro gastronómico, nacido el 27 de junio de 1981. Fijó domicilio en . * Ambos imputados, según el Ministerio Público, tenían irreprochable conducta anterior.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior (artículo 11 N°6 del Código Penal).

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó condena por estafa residual, argumentando la participación de ambos imputados en los hechos. * Defensa: Solicitó la absolución. Argumentó que no existió concierto previo entre los imputados, cuestionando la investigación del Ministerio Público, incluyendo la falta de pericia del computador de la víctima y la falta de investigación a una tercera persona involucrada, .

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que la investigación del Ministerio Público fue deficiente, especialmente por no haber indagado a fondo en la participación de la víctima, la falta de peritaje del computador y la omisión en la investigación de . * Destacó la ausencia de la víctima en el juicio, considerándola una "piedra angular" para determinar la motivación de la transferencia. * Concluyó que no se pudo acreditar la existencia del dolo en los imputados, elemento esencial para el delito de estafa. * El tribunal estimó que no se pudo acreditar la participación concertada y directa de los imputados en el delito. * Concluye que la acción de "facilitar" la cuenta corriente, si bien fue negligente, no es suficiente para atribuir responsabilidad penal por estafa.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 473 del Código Penal (estafa residual). * Artículo 15 N°1 del Código Penal (participación en el delito). * Artículo 4° y 340 del Código Procesal Penal (sobre la duda razonable y la obligación de demostrar la culpabilidad).

Decisión final: * Se absuelve a y a de la acusación por estafa residual. * Se determina que cada parte pague sus propias costas.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en el documento. La sentencia establece que los plazos para recurrir comienzan a correr a partir del 4 de octubre de 2021.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Coquimbo. * RUC: 1800309791-5 * RIT: 4850-2018 * Fecha de la sentencia: 4 de octubre de 2021. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 23 de marzo de 2018, aproximadamente a las 09:42 horas, , la víctima, mientras realizaba operaciones en la página web de Scotiabank desde su domicilio en Coquimbo, fue víctima de un ataque de "phishing" que le sustrajo información de su cuenta corriente. * Producto de esto, se realizó una transferencia no autorizada por $4.999.999 a la cuenta corriente del Banco Santander N° 65924943, cuyo titular era . * , previamente concertado con , gi...

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