Penal - Rol N° O-285-2021
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio. * RIT: 2100156649-8. * RUC: 285-2021. * Fecha: 21 de diciembre de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 16 de febrero de 2021, en horas de la tarde, fue encontrado en la calle Terrazas Kennedy, Playa Grande, Cartagena. * En su mochila, portaba 32 bolsas de nylon transparente con 22,35 gramos netos de marihuana. * También portaba la suma de $19.000. * El tribunal estableció que la sustancia no era para consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades (microtráfico), previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000. * Pena: 541 días de presidio menor en su grado medio. * Multa: 2 Unidades Tributarias Mensuales, pagaderas en 4 cuotas mensuales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una. * Pena accesoria: Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 33 años (al momento de la detención, nacido el 20 de octubre de 1988). * Ocupación: Comerciante. * Antecedentes penales: Dos anotaciones previas (2007 y 2013) por infracción a la Ley de Propiedad Intelectual y hurto simple frustrado, respectivamente.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial para el esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal). * Agravantes: No se consideraron agravantes. * Impacto: La concurrencia de una atenuante permitió aplicar la pena en el grado menor, reduciendo la pena de presidio.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Acusó a por microtráfico, argumentando que la cantidad de droga, la forma de dosificación (envoltorios) y el dinero encontrado indicaban que no era para consumo personal. * Defensa: Solicitó la recalificación del delito a la falta del artículo 50 de la ley 20.000, argumentando que la droga era para consumo personal y que no se acreditó tráfico.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Acreditó la posesión y guarda de marihuana por parte del acusado. * Consideró que la cantidad de droga (32 envoltorios) y su dosificación no correspondían a un consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. * Desestimó la versión del acusado sobre el destino de la droga, ya que no presentó pruebas que la respaldaran.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 4° de la Ley 20.000 (sanciona el tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades). * Artículo 1° de la Ley 20.000 (define los delitos relacionados con drogas). * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (circunstancia atenuante: colaboración sustancial para el esclarecimiento de los hechos). * Artículo 68 del Código Penal (reglas para la determinación de la pena). * Artículo 15 y 17 de la Ley 18.216 (sobre sustitución de penas privativas de libertad).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Pena sustitutiva: Libertad vigilada simple. * Plazo de intervención: 541 días. * El condenado deberá presentarse en el Centro de Gendarmería respectivo dentro del quinto día posterior a que la sentencia quede firme y ejecutoriada. * El incumplimiento de la pena sustitutiva o una revocación implica el cumplimiento íntegro y efectivo de la pena de presidio.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos. * Se ordena remitir los antecedentes al Juzgado de Garantía para el cumplimiento y ejecución de la sentencia.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio. * RIT: 2100156649-8. * RUC: 285-2021. * Fecha: 21 de diciembre de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 16 de febrero de 2021, en horas de la tarde, fue encontrado en la calle Terrazas Kennedy, Playa Grande, Cartagena. * En su mochila, portaba 32 bolsas de nylon transparente con 22,35 gramos netos de marihuana. * También portaba la suma de $19.000. * El tribunal estableció que la sustancia no era para consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades (microtráfic...
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