Penal - Rol N° O-103-2021

MP C/

Abstracto

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas. * RUC: 1900955231-9 * RIT: 103-2021 * Fecha: 09 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral penal por delito de tráfico de drogas.

• Hechos acreditados: * Desde septiembre de 2019: ("Pepe") importaba cocaína, marihuana y metanfetaminas desde Santiago a Puerto Natales para su comercialización y distribución. * Febrero de 2020: * envió 500 comprimidos de metanfetamina que fueron recibidos por . * retiró los comprimidos para su distribución. * transportó drogas a la región en dos ocasiones, la última el 29 de febrero de 2020. * y intentaron quedarse con la droga que debía entregar a . * 7 de marzo de 2020: , , y viajaron a Puerto Natales a recuperar la droga. * 10 de marzo de 2020: * , , y fueron detenidos. * En el domicilio de de Puerto Natales se encontraron 2.993,96 kilogramos de cannabis sativa y 1.886 kilogramos de clorhidrato de cocaína. * En el domicilio de , se encontraron 7 comprimidos de metanfetamina, 80 cartuchos calibre 22 sin percutir, un cargador de pistola y una balanza digital. * En el domicilio de , se encontraron 541 gramos de cannabis sativa y 415 gramos de cannabis sativa, dos balanzas digitales y un pasaporte colombiano a nombre de . * , en conocimiento de las actividades ilícitas de , le facilitaba su vehículo.

• Calificación jurídica y pena impuesta: * : Autor de tráfico ilícito de estupefacientes (art. 3° en relación al art. 1° de la Ley 20.000). Condenado a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 10 UTM. * : Autor de tráfico ilícito de estupefacientes (art. 3° en relación al art. 1° de la Ley 20.000). Condenado a 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 8 UTM. * : Autor de tráfico ilícito de estupefacientes (art. 3° en relación al art. 1° de la Ley N°20.000). Condenado a 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 6 UTM. * : Autor de tráfico ilícito de estupefacientes (art. 3° en relación al art. 1° de la Ley N°20.000) y de tenencia ilegal de municiones (art. 2° letra c) en relación al art. 9° de la Ley N°17.798). Condenado a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo y multa de 5 UTM, y 818 días de presidio menor en su grado medio. * : Cómplice de tráfico ilícito de estupefacientes (art. 3° en relación al art. 1° de la Ley N°20.000). Condenado a 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de 3 UTM. * : Cómplice de tráfico de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes (art. 4° en relación al art. 1° de la Ley N°20.000). Condenada a 300 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 2 UTM.

• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * A se le da por cumplida la pena privativa de libertad. * Se concedió a todos los sentenciados el pago de la multa en cuotas. * Se decretó el comiso de las especies incautadas: dinero, municiones, balanzas, vehículos, teléfonos. * Se eximió a los sentenciados del pago de las costas de la causa. * Se ordena informar a SENDA. * Se ordena informar a Carabineros de Chile sobre el comiso de las armas y municiones. * Se ordena la incorporación de la huella genética de los condenados al Registro de Condenados.

• Antecedentes relevantes del imputado: * : 31 años, conductor de Uber, soltero, de nacionalidad colombiana. * : 36 años, trabajador independiente, soltero, de nacionalidad colombiana. * : 33 años, desempleado, soltero, de nacionalidad colombiana. * : 42 años, taxista, soltero, de nacionalidad chilena. * : 24 años, estudiante, soltero, de nacionalidad chilena. * : 26 años, soltera, cocinera, de nacionalidad chilena.

• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Irreprochable conducta anterior ( y ). Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (). * Agravantes: No se aplicó la agravante de reincidencia.

• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Acusó por tráfico ilícito de drogas y tenencia ilegal de municiones, solicitando penas altas y el aumento de pena por participación en agrupación delictual. * Defensas: Plantearon vulneración de garantías constitucionales (falta de registro de autorizaciones judiciales, alteración de la cadena de custodia), solicitaron recalificación a microtráfico, negaron la agravante de participación en agrupación, y solicitaron la aplicación de atenuantes.

• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Desestimó las alegaciones de vulneración de garantías, al constar el registro de las autorizaciones judiciales. * Consideró que las diferencias en los pesajes y el plazo en la entrega al Servicio de Salud no invalidaban la prueba. * No aplicó la agravante por falta de acreditación de una agrupación delictual. * Valoró la declaración de para aplicar la atenuante de colaboración. * No aplicó la agravante de reincidencia por falta de prueba. * Se basó en los testimonios de los policías, las escuchas telefónicas y las pruebas periciales. * Calificó la participación de como cómplice.

• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 3° y 1° de la Ley N°20.000 (Tráfico ilícito de estupefacientes). * Artículo 15 N°1 del Código Penal (Autoría). * Artículo 16 del Código Penal (Complicidad). * Artículo 4° de la Ley N°20.000 (Tráfico de pequeñas cantidades de droga). * Artículo 2° letra c) en relación al artículo 9° inciso segundo de la Ley N°17.798 (Tenencia ilegal de municiones). * Artículo 12 N° 16 del Código Penal (Agravante de reincidencia). * Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal (Atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial). * Artículo 19 letra a) de la Ley N°20.000 (Aumento de pena por participación en agrupación). * Artículo 41 de la Ley N°20.000 (Plazo para entrega de droga incautada). * Artículo 9° del Código Procesal Penal (Registro de actuaciones). * Artículo 343 del Código Procesal Penal (Alegaciones sobre atenuantes y agravantes). * Artículo 297 del Código Procesal Penal (Valoración de la prueba). * Artículo 338 del Código Procesal Penal (Declaración del imputado). * Artículo 315 del Código Procesal Penal (Incorporación de informes). * Artículo 68, inciso segundo del Código Penal (Aplicación de atenuantes). * Artículos 63 del Código Penal (non bis in idem) * Artículo 104 del Código Penal (Requisitos de reincidencia) * Artículo 15 de la Ley N°18.216 (Penas sustitutivas)

• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: No se impusieron penas sustitutivas por exceder la pena privativa de libertad los cinco años.

• Información sobre recursos disponibles o presentados: No se detalla información sobre recursos.

Resumen

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas. * RUC: 1900955231-9 * RIT: 103-2021 * Fecha: 09 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral penal por delito de tráfico de drogas.

• Hechos acreditados: * Desde septiembre de 2019: ("Pepe") importaba cocaína, marihuana y metanfetaminas desde Santiago a Puerto Natales para su comercialización y distribución. * Febrero de 2020: * envió 500 comprimidos de metanfetamina que fueron recibidos por . * retiró los comprimidos para su distribución. * transportó drogas a la región en dos ocasiones, la última el 29 de febrero de 2020. * [Reda...

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