Penal - Rol N° O-1134-2021
MINISTERIO PUBLICO C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Villarrica. * RUC: 2110035037-5. * RIT: 1134-2021. * Fecha: 22 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado.
• Hechos acreditados: * Fecha: Sábado 31 de julio de 2021, aproximadamente a las 18:15 horas. * Lugar: Exterior del supermercado “Mejor Lican Ray”, ubicado en calle Gabriela Mistral N°802, camino a Coñaripe, Lican Ray. * Conducta: sustrajo una bicicleta marca Bianchi, aro 26, color azul con plomo, avaluada en $300.000, propiedad de T.M.L.T. La víctima había dejado la bicicleta en el exterior del supermercado mientras realizaba compras. El imputado tomó la bicicleta, se montó y se retiró del lugar.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Hurto simple, previsto en el artículo 446 N° 2 del Código Penal. * Grado de desarrollo: Consumado. * Pena: 818 días de presidio menor en su grado medio, multa de seis unidades tributarias mensuales (UTM) a beneficio fiscal y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: Sector Los Ciruelos km. 2 camino Lican Ray a Panguipulli. Nº ... * Antecedentes penales: Reincidente en delito de la misma especie (hurto simple), según sentencia en causa RUC 1900254291-1, RIT 406-2021, del Juzgado de Garantía de Villarrica, ejecutoriada.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal), por haber reconocido los hechos y aceptado el Procedimiento Abreviado. * Agravante: Reincidencia (artículo 12 N° 16 del Código Penal), por condena previa por hurto simple. * Impacto: La agravante impide la compensación con la atenuante en cuanto a la multa, pero no afecta la pena de presidio, ya que la pena fue solicitada en el mínimo.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Acusó a como autor de hurto simple, solicitando la pena de 818 días de presidio menor en su grado medio, multa de seis UTM y accesorias legales. * Defensa: Solicitó que se reconociera la atenuante por colaboración al esclarecimiento, estuvo de acuerdo con la pena solicitada por la fiscalía. Respecto a la multa, solicitó que se compensara con la agravante y, en subsidio, el pago en cuotas, argumentando carencia de recursos económicos del imputado.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Aceptación de los hechos por parte del acusado y conformidad con el procedimiento abreviado. * Concordancia entre la aceptación del acusado y los antecedentes presentados por la fiscalía. * Aplicación de la ley, considerando la agravante y la limitación del artículo 412 del Código Procesal Penal, que impide imponer una pena superior a la solicitada por el fiscal. * Rechazo a la solicitud de rebaja de la multa por no concurrir los requisitos del artículo 70 del Código Penal. * Imposibilidad de sustituir la pena privativa de libertad debido a que el acusado no cumple los requisitos de la Ley 18.216.
• Disposiciones legales determinantes: * Código Penal: Artículos 1°, 12, 14, 15, 21, 30, 50, 60, 70, 432, 446 N° 2 y 449. * Código Procesal Penal: Artículos 406 y siguientes y 412. * Ley N° 18.216.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se impuso suspensión condicional de la pena, por lo que no hay condiciones.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Villarrica. * RUC: 2110035037-5. * RIT: 1134-2021. * Fecha: 22 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado.
• Hechos acreditados: * Fecha: Sábado 31 de julio de 2021, aproximadamente a las 18:15 horas. * Lugar: Exterior del supermercado “Mejor Lican Ray”, ubicado en calle Gabriela Mistral N°802, camino a Coñaripe, Lican Ray. * Conducta: sustrajo una bicicleta marca Bianchi, aro 26, color azul con plomo, avaluada en $300.000, propiedad de T.M.L.T. La víctima había dejado la bicicleta en el exterior del supermercado mientras realizaba compras. El imputado tomó la bicicleta, se montó y se retiró del lugar.
• **Calificación jurídica y pen...
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