Penal - Rol N° O-130-2020
MINISTERIO PUBLICO . . C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán. * RIT: 130-2020. * Fecha: 30 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral por robo con violencia.
• Hechos acreditados: * El 15 de agosto de 2018 (según acusación) o el 15 de julio de 2018 (según prueba), en la madrugada, fue interceptada por un sujeto al cruzar la línea férrea en calle Lazareto esquina Valle Hermoso, Chillán, cuando se dirigía al hospital. * El sujeto, identificado como según reconocimiento fotográfico, le solicitó dinero, sacó un objeto que parecía un arma de fuego (pistola), la golpeó en la cabeza, le arrebató su cartera y huyó por la línea férrea.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por el delito de robo con violencia (artículos 432, 436 inciso 1 y 439 del Código Penal), en grado de consumado (artículo 7° del Código Penal), con participación como autor (artículo 15 N°1 del Código Penal). * El Ministerio Público solicitó la pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio. * El tribunal absolvió a .
• Antecedentes relevantes del imputado: * : Sin profesión u oficio. * Cédula de identidad: . * Domicilio: Población Vicente Pérez Rosales, pasaje 5 norte Nº 562, Chillán. * El tribunal no menciona antecedentes penales en el resumen.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El Ministerio Público consideró la agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal (sin especificar cuál). * El tribunal no encontró pruebas suficientes para acreditar la participación del imputado, por lo que no se aplicó ninguna agravante ni atenuante.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba probar que los hechos ocurrieron como se describieron en la acusación, presentando la declaración de la víctima, testigos y funcionarios policiales, buscando acreditar la agravante y solicitando la pena. En su alegato de clausura, enfatizó el reconocimiento de la víctima y las pruebas de los funcionarios policiales. * Defensa: Solicitó la absolución, argumentando que la prueba era insuficiente para demostrar la participación del acusado más allá de toda duda razonable, basándose en un reconocimiento fotográfico inducido y en errores en la fecha de los hechos. En su alegato de clausura, resaltó la incongruencia en la fecha, inconsistencias en testimonios y la falta de un testigo clave, así como la ausencia del funcionario que realizó el reconocimiento fotográfico.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La acusación contenía defectos formales y errores en la identificación de testigos y la fecha de los hechos. * Existía una discordancia en la fecha de ocurrencia del delito entre la acusación, los testimonios de los testigos y la prueba documental. * La prueba rendida fue insuficiente para establecer la participación del imputado más allá de toda duda razonable, principalmente debido a la falta de coherencia en la prueba y la naturaleza del reconocimiento fotográfico.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 432, 436 inciso 1 y 439 del Código Penal (delito de robo con violencia). * Artículo 7° del Código Penal (grado de consumado). * Artículo 15 N°1 del Código Penal (autor). * Artículo 12 N°16 del Código Penal (agravante). * Artículo 259 letra b) del Código Procesal Penal (contenido de la acusación). * Artículo 341 del Código Procesal Penal (congruencia de la sentencia). * Artículo 332 del Código Procesal Penal (declaración durante la investigación). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (convicción más allá de toda duda razonable).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, el imputado fue absuelto.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán. * RIT: 130-2020. * Fecha: 30 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral por robo con violencia.
• Hechos acreditados: * El 15 de agosto de 2018 (según acusación) o el 15 de julio de 2018 (según prueba), en la madrugada, fue interceptada por un sujeto al cruzar la línea férrea en calle Lazareto esquina Valle Hermoso, Chillán, cuando se dirigía al hospital. * El sujeto, identificado como según reconocimiento fotográfico, le solicitó dinero, sacó un objeto que parecía un arma de fuego (pistola), la golpeó en la cabeza, le arrebató su cartera y huyó por la línea férrea.
• **Calificación jurídica y pena im...
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