Penal - Rol N° O-2-2022
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 2000438115-8 * RIT: 2-2022 * Fecha: 9 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Penal.
• Hechos acreditados: * El 2 de mayo de 2020, aproximadamente a las 17:50 horas, en las cercanías de la calle Albéniz, comuna de Puente Alto, funcionarios policiales encontraron a portando 27 envoltorios de aluminio que contenían cannabis sativa, con un peso total de 16.8 gramos. * El imputado no tenía permiso para portar dicha droga.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Falta de porte de drogas en la vía pública, establecida en el artículo 50 de la Ley 20.000. * Pena: Multa de una Unidad Tributaria Mensual (UTM), la cual se tuvo por cumplida con el tiempo que el imputado estuvo privado de libertad.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 4 de diciembre de 1995. * Ocupación: Maestro en obras menores. * Antecedentes penales: No especificado en el resumen. Se menciona que el imputado se encuentra privado de libertad por causa diversa. * Otros antecedentes: Se acreditó que el imputado es consumidor de drogas, con atenciones y derivaciones en consultorio por policonsumo.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N°9 del Código Penal). Se consideró que la declaración del imputado contribuyó a la averiguación de los hechos. * Impacto: La atenuante influyó en la determinación de la pena.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó condena por microtráfico (artículo 4 de la Ley 20.000), argumentando que la prueba acreditó los hechos. Subsidiariamente, solicitó condena por la falta del artículo 50 de la Ley 20.000. Consideró que la huida del imputado justificaba el control de identidad. * Defensa: Solicitó la absolución por infracción de garantías (control de identidad ilegal) y, en subsidio, la recalificación a la falta del artículo 50 de la Ley 20.000. Argumentó que la huida no era indicio objetivo para justificar el control de identidad.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que la cantidad de droga incautada era una "pequeña cantidad" destinada al consumo personal y próximo en el tiempo. * Estimó que la huida del imputado sí constituía un indicio que justificaba el control de identidad. * Valoró la colaboración del imputado al declarar en el juicio, ratificando los hechos. * Consideró la calidad de consumidor del imputado, acreditada por documentos médicos.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 4 de la Ley 20.000 (microtráfico). * Artículo 50 de la Ley 20.000 (falta de porte de drogas). * Artículo 11 N°9 del Código Penal (atenuante de colaboración). * Artículo 15 N°1 del Código Penal (autoría). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (estándar de certeza). * Artículo 85 del Código Procesal Penal (control de identidad). * Artículo 31 del Código Penal (comiso). * Artículo 46 de la Ley 20.000 (comiso). * Artículo 47 del Código Procesal Penal (costas). * Artículo 348 del Código Procesal Penal (abonos).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se mencionan suspensiones condicionales de la pena.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 2000438115-8 * RIT: 2-2022 * Fecha: 9 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Penal.
• Hechos acreditados: * El 2 de mayo de 2020, aproximadamente a las 17:50 horas, en las cercanías de la calle Albéniz, comuna de Puente Alto, funcionarios policiales encontraron a portando 27 envoltorios de aluminio que contenían cannabis sativa, con un peso total de 16.8 gramos. * El imputado no tenía permiso para portar dicha droga.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Falta de porte de drogas en la vía pública, establecida en el artículo 50 de la Ley 20.000. * ...
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