Penal - Rol N° O-22-2022

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante. * RUC: 16-67685-6. * Fecha: 27 de abril de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades. • Hechos acreditados: * El 20 de noviembre de 2017, vendió dos dosis de cocaína a un agente policial (agente revelador) a cambio de $2.000. * El 28 de noviembre de 2017, se realizó un allanamiento en el domicilio de y . Se encontró en el comedor, en un envase plástico con 165 envoltorios de cocaína (29.59 gramos), una bolsa con cocaína (7.88 gramos), otra con restos de cocaína (5.09 gramos), una medida para dosificar, una tijera, papeles recortados, un cuaderno y $2.200. * A se le encontró en un banano 80 envoltorios de cocaína (15.19 gramos) y $22.000. * En el dormitorio, sobre un televisor, se halló una balanza. • Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a ambos por tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades (artículo 4° en relación con el artículo 3° de la Ley 20.000), solicitando para 4 años de presidio y multa, y para 5 años de presidio y multa. * El tribunal absolvió a ambos acusados. • Antecedentes relevantes del imputado: * : 35 años, soltera, dueña de casa y trabajadora independiente. * : 34 años, soltero, ayudante de maestro hidráulico. • Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El tribunal no consideró atenuantes ni agravantes. • Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Alegó que se acreditaría el delito con prueba testimonial, documental y pericial, solicitando condena para ambos acusados. Argumentó una "incompatibilidad de defensas" y destacó la venta de drogas por parte de y la posesión por parte de . * Defensa de : Buscó una defensa colaborativa, argumentando una participación distinta a la de coautor y solicitando que se aplicaran otras formas de participación del Código Penal. * Defensa de : Argumentó errores en la investigación, cuestionó la validez de la prueba del agente revelador y la calidad y pureza de la droga, solicitando la absolución. • Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró insuficientes las pruebas presentadas por la fiscalía para acreditar los hechos más allá de toda duda razonable. * El testimonio del policía , aunque considerado en parte, presentaba imprecisiones y olvidos que no fueron subsanados con otras pruebas. * El tribunal dudó de la vinculación de las muestras analizadas por el Instituto de Salud Pública con las evidencias incautadas debido a la ausencia del acta de recepción de la droga y la falta de antecedentes sobre los números únicos de evidencia (N.U.E.). * El tribunal consideró que no se demostró la relación entre las evidencias incautadas y los análisis periciales, lo que impidió establecer con certeza la naturaleza, composición y peso de las sustancias. * La insuficiencia probatoria, unida a las deficiencias en las diligencias policiales, condujo a la absolución. • Disposiciones legales determinantes: * Artículo 4° y 3° de la Ley 20.000 (Ley de Drogas). * Artículo 5° del Código Penal. * Artículo 34 del Código Procesal Penal. * Artículo 35 del Código Procesal Penal (sobre incorporación de prueba documental). • Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se impusieron condiciones, ya que se dictó una sentencia absolutoria. • Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos presentados.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante. * RUC: 16-67685-6. * Fecha: 27 de abril de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades. • Hechos acreditados: * El 20 de noviembre de 2017, Luz Eliana Aguilar Carrasco vendió dos dosis de cocaína a un agente policial (agente revelador) a cambio de $2.000. * El 28 de noviembre de 2017, se realizó un allanamiento en el domicilio de Luz Eliana Aguilar Carrasco y Carlos Antonio Villablanca González. Se encontró en el comedor, en un envase plástico con 165 envoltorios de cocaína (29.59 gramos), una bolsa con cocaína (7.88 gramos), otra con restos de cocaína (5.09 gramos), una medida para dosificar,...

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