Penal - Rol N° O-568-2022
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Vallenar. * RUC: 2101124604-1 RIT: 568-2022 * Fecha de la sentencia: 28 de abril de 2022. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Fecha y hora: 9 de diciembre de 2021, aproximadamente a las 10:40 horas. * Lugar: Interior del Centro de Detención Preventiva, ubicado en calle 14 de Julio N° 720, Vallenar. * Conductas: LUIS ALBERTO FLORES ORELLANA y HUMBERTO ALEJANDRO GODOY PÁEZ agredieron con un elemento corto punzante a SEBASTIAN GODOY ESCUDERO y DANIEL GODOY ESCUDERO. * Resultados: * SEBASTIAN GODOY ESCUDERO sufrió una herida en la región posterior del tórax, calificada como menos grave. * DANIEL GODOY ESCUDERO sufrió una herida en la región escapular derecha, calificada como menos grave.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * HUMBERTO ALEJANDRO GODOY PÁEZ: Culpable como autor del delito de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en grado de consumado. Pena: multa de 0,3 UTM. * LUIS ALBERTO FLORES ORELLANA: Culpable como autor del delito de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en grado de consumado. Pena: multa de 0,3 UTM.
• Antecedentes relevantes del imputado: * HUMBERTO ALEJANDRO GODOY PÁEZ: Cédula de Identidad 0016294654-4, nacido el 01 de abril de 1986. * LUIS ALBERTO FLORES ORELLANA: Cédula de Identidad 0017865600-7, nacido el 23 de mayo de 1991.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * HUMBERTO ALEJANDRO GODOY PÁEZ y LUIS ALBERTO FLORES ORELLANA: Se aplicó la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. A HUMBERTO ALEJANDRO GODOY PÁEZ se le aplicó además la agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La sentencia se basa en los hechos descritos y en la calificación jurídica de las lesiones como menos graves, según el artículo 399 del Código Penal.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 399 del Código Penal (delito de lesiones menos graves). * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (atenuante). * Artículo 12 N° 16 del Código Penal (agravante, solo para HUMBERTO ALEJANDRO GODOY PÁEZ). * Artículo 468 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El pago de la multa impuesta debe realizarse: * HUMBERTO ALEJANDRO GODOY PÁEZ: Dentro de 10 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia. * LUIS ALBERTO FLORES ORELLANA: Dentro de 30 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia. * Si los sentenciados no tienen bienes para el pago, pueden solicitar al Tribunal, dentro del mismo plazo, la sustitución de la multa por prestación de servicios en beneficio de la comunidad. * En caso de no pagar la multa o no solicitar la sustitución, se aplicará la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de UTM impaga.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Vallenar. * RUC: 2101124604-1 RIT: 568-2022 * Fecha de la sentencia: 28 de abril de 2022. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Fecha y hora: 9 de diciembre de 2021, aproximadamente a las 10:40 horas. * Lugar: Interior del Centro de Detención Preventiva, ubicado en , Vallenar. * Conductas: y agredieron con un elemento corto punzante a y . * Resultados: * sufrió una herida en la región posterior del tórax, calificada como menos grave. * sufrió una herida en la región escapular derecha, calificada como menos grave.
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