Penal - Rol N° O-156-2021

C/

Abstracto

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1900532030- * RIT: 156-2021. * Fecha de la sentencia: 26 de mayo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

• Hechos acreditados: * Hecho 1: El 6 de abril de 2019, aproximadamente a las 13:10 horas, Carabineros fiscalizó a en calle Los Jardines con avenida Camilo Henríquez, Puente Alto. El vehículo PPU UG-5759 era conducido por Ospina, quien presentaba estado de ebriedad (hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar). La alcoholemia arrojó 1.74 g/L. Además, conducía sin licencia. * El tribunal no acreditó el hecho 2.

• Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1: Conducción en estado de ebriedad (artículo 196, inciso 1°, en relación con los artículos 110, 111 y 209, inciso segundo, todos de la Ley N°18.290) en grado consumado. * Pena: 300 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, más suspensión de licencia de conducir por dos años.

• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Remisión condicional de la pena por un año (cumpliendo los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216). * El pago de la multa se tuvo por cumplido con el tiempo que permaneció en libertad por la investigación. * Eximido del pago de costas (artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales).

• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 2 de noviembre de 1976 (45 años). * Ocupación: Chatarrero. * Estado civil: Casado. * Domicilio: . * Antecedentes penales: No registra condenas previas.

• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Artículo 11 N°6 (conducta anterior irreprochable) y artículo 11 N°9 (colaboración con el esclarecimiento de los hechos). * No se consideraron agravantes. * El tribunal rebajó la pena por las atenuantes: la pena inicialmente propuesta de presidio menor en su grado medio se rebajó a presidio menor en su grado mínimo.

• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba la condena por los dos hechos, solicitando 3 años de presidio menor en su grado medio, multa y suspensión de licencia por el Hecho 1, y 540 días de presidio menor en su grado mínimo por el Hecho 2. * Defensa: Solicitó considerar la declaración del acusado y que se tomaran en cuenta las atenuantes. Pidió una pena menor (61 días de presidio menor en su grado mínimo con remisión condicional) y el pago de la multa.

• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Acreditación del Hecho 1 basada en la prueba testimonial y documental presentada. * No acreditación del Hecho 2 debido a la falta de descripción suficiente del tipo de vehículo en la acusación, lo que impidió determinar la aplicabilidad del artículo 194 de la Ley N°18.290. El tribunal enfatizó la importancia del principio acusatorio y la congruencia entre la acusación y la sentencia. * Aplicación de las atenuantes por colaboración y falta de antecedentes penales. * Aplicación de la norma del artículo 209 de la Ley de Tránsito que agravó la pena.

• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 196, inciso 1°, en relación con los artículos 110, 111 y 209, inciso segundo, todos de la Ley N°18.290 (conducción en estado de ebriedad). * Artículo 194 de la Ley N°18.290 (conducción sin licencia debida) - no fue aplicado. * Artículos 11 N°6 y 9 (atenuantes de responsabilidad penal) del Código Penal. * Artículo 67 y 69 (regulación de la pena) del Código Penal. * Artículo 4 de la Ley 18.216 (remisión condicional de la pena). * Artículo 5 de la Ley 18.216 (requisitos de la remisión condicional). * Artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales (exención de costas). * Artículo 341 del Código Procesal Penal (congruencia). * Artículo 342 del Código Procesal Penal (contenido de la sentencia definitiva). * Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba). * Artículo 209 de la Ley N°18.290 (aumento de la pena por falta de licencia). * Artículo 263, letra c) del Código Procesal Penal (derecho a defensa). * Artículo 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (derecho a defensa).

• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El imputado debe someterse al control de Gendarmería de Chile por un año (artículo 5° de la Ley 18.216). * En caso de revocación de la remisión condicional, se deberá cumplir la pena de presidio, sin considerarse abonos por el tiempo que estuvo en libertad durante la investigación.

• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en el documento.

Resumen

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1900532030- * RIT: 156-2021. * Fecha de la sentencia: 26 de mayo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

• Hechos acreditados: * Hecho 1: El 6 de abril de 2019, aproximadamente a las 13:10 horas, Carabineros fiscalizó a en calle Los Jardines con avenida Camilo Henríquez, Puente Alto. El vehículo PPU UG-5759 era conducido por Ospina, quien presentaba estado de ebriedad (hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar). La alcoholemia arrojó 1.74 g/L. Además, conducía sin licencia. * El tribunal no acreditó el hecho 2.

• Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1: Conducción ...

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