Penal - Rol N° O-3313-2021

MP C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco. * RUC: 2100308955-7. * RIT: 3313-2021. * Fecha de la sentencia: 16 de mayo de 2022. * Tipo de procedimiento: No especificado explícitamente, pero se deduce que es un procedimiento abreviado, dado el acuerdo de las partes.

Hechos acreditados: * Fecha: 31 de marzo de 2021, aproximadamente a las 20:30 horas. * Lugar: Ruta 5 Sur, comuna de Padre Las Casas, a la altura del KM 682. * Conducta: conducía la camioneta con placa patente GGYJ-32 en estado de ebriedad, zigzagueando en la ruta. La prueba de intoxilyzer arrojó 1,63 gramos de alcohol por litro de sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, según artículos 110 y 196 de la Ley 18.290. * Pena: 41 días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, suspensión de licencia de conducir por dos años.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Remisión condicional de la pena privativa de libertad, sujeta a control administrativo y asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco por un año. * Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. * La pena pecuniaria se tiene por cumplida por el tiempo de privación de libertad del imputado.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: . * Antecedentes penales: No se mencionan explícitamente, pero se indica que la licencia de conducir estaba retenida por otra causa (RIT 1801-2021 del Juzgado de Garantía de Lautaro).

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Se invocaron las atenuantes del artículo 11 Nº 6 y 9 del Código Penal. * Impacto: Permitió que se llegara a un acuerdo de rebaja de la pretensión punitiva, y la aplicación de la remisión condicional de la pena.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó la pena y medidas mencionadas, como resultado de la admisión de responsabilidad y la aplicación de las atenuantes. * Defensa: Admitió responsabilidad, solicitó la remisión condicional de la pena, la reducción de la multa y que la suspensión de la licencia se considerara sujeta a la condena en otra causa. Solicitó la aplicación del artículo 38 de la Ley 18.216.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Se basó en la admisión de responsabilidad del imputado. * Se cumplieron los requisitos legales para la aplicación de la remisión condicional. * No hubo oposición de la Fiscalía a las peticiones de la defensa.

Disposiciones legales determinantes: * Ley 18.290, artículos 110 y 196 (sobre conducción en estado de ebriedad). * Código Penal, artículos 1, 7, 11 Nº 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 49, 70. * Ley 18.216, artículo 4 (sobre remisión condicional) y artículo 38. * Código Procesal Penal, artículos 3, 47, 250, 388, 393, 395.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco dentro de 5 días desde que la sentencia esté firme. * Cumplir con las condiciones del artículo 5 de la Ley 18.216. * Incumplimiento: En caso de revocación o quebrantamiento de la remisión condicional, se deberá cumplir íntegramente la pena privativa de libertad impuesta o, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco. * RUC: 2100308955-7. * RIT: 3313-2021. * Fecha de la sentencia: 16 de mayo de 2022. * Tipo de procedimiento: No especificado explícitamente, pero se deduce que es un procedimiento abreviado, dado el acuerdo de las partes.

Hechos acreditados: * Fecha: 31 de marzo de 2021, aproximadamente a las 20:30 horas. * Lugar: Ruta 5 Sur, comuna de Padre Las Casas, a la altura del KM 682. * Conducta: MIGUEL ANGEL CISTERNA FLORES conducía la camioneta con placa patente GGYJ-32 en estado de ebriedad, zigzagueando en la ruta. La prueba de intoxilyzer arrojó 1,63 gramos de alcohol por litro de sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehí...

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