Penal - Rol N° O-198-2022
FISCALIA IQUIQUE C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. * RIT: 198-2022. * RUC: 2100323452-2. * Fecha: 13 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 11 de marzo de 2021, aproximadamente a las 23:30 horas, en , Iquique, la víctima Fredy G.G. fue abordado por tres sujetos desconocidos. Estos le sustrajeron, mediante intimidación, cadenas de oro (una con una placa de la Policía de Investigación del Perú y otra con un crucifijo), un dije, una billetera con dinero ($180.000) y documentos personales. * Posteriormente, fue encontrado en posesión de las joyas robadas, sabiendo o debiendo saber su origen ilícito.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación: Receptación de especies (artículo 456 Bis A del Código Penal). * Pena: 410 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 3 UTM y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. La pena se tuvo por cumplida debido a que el imputado estuvo privado de libertad por más tiempo del sentenciado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Nacionalidad: Colombiana. * Fecha de nacimiento: 24 de julio de 1995. * Edad: No especificada directamente en el resumen, pero se deduce que tenía 26 años al momento del juicio. * Ocupación: Empleado. * Antecedentes penales: Una condena anterior por robo por sorpresa de 541 días de presidio menor en su grado medio, dictada en 2018.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos (artículo 11 n°9 del Código Penal), debido a que el acusado reconoció la tenencia de las especies sustraídas. * Agravantes: No se aplicaron agravantes.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba probar el delito de robo con violencia e intimidación, basándose en el testimonio de la víctima y otros testigos, así como en la evidencia de las redes sociales y la posesión de las especies por parte del acusado. Solicitó una pena de diez años de presidio menor en su grado mínimo. * Defensa: Argumentó que no se pudo probar el delito de robo con violencia e intimidación ni la participación del acusado, y que había dudas sobre la identificación del autor del robo. Solicitó la absolución.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se pudo probar, más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en el robo con violencia e intimidación, debido a contradicciones en el testimonio de la víctima y falta de evidencia concluyente. * Se acreditó que el acusado tenía en su poder las especies robadas y que conocía o debía conocer su origen ilícito, configurando el delito de receptación. * Se consideró la atenuante de colaboración sustancial. * Se tomó en cuenta el tiempo que el acusado estuvo privado de libertad antes del juicio.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 436 del Código Penal (robo con violencia e intimidación). * Artículo 456 Bis A del Código Penal (receptación). * Artículo 11 n°9 del Código Penal (atenuante de colaboración sustancial). * Artículo 70 del Código Penal (exención de costas). * Artículos 297 y 340 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se impusieron condiciones de suspensión, ya que la pena fue de cumplimiento efectivo.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona explícitamente en el resumen.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. * RIT: 198-2022. * RUC: 2100323452-2. * Fecha: 13 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 11 de marzo de 2021, aproximadamente a las 23:30 horas, en , Iquique, la víctima Fredy G.G. fue abordado por tres sujetos desconocidos. Estos le sustrajeron, mediante intimidación, cadenas de oro (una con una placa de la Policía de Investigación del Perú y otra con un crucifijo), un dije, una billetera con dinero ($180.000) y documentos personales. * Posteriormente, fue encontrado en posesión de las joyas robadas, sabiendo o debiendo saber su origen ilícito.
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