Penal - Rol N° O-247-2020

M.P. C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. * RUC: . * RIT: 247-2020. * Fecha: 29 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados: * 26 de febrero de 2020, aproximadamente a las 13:00 horas, ingresó a un local comercial en , donde sustrajo prendas de vestir valoradas en $19.300, escondiéndolas en su mochila. Al intentar salir, activó las alarmas pero fue retenida por los propietarios. * Trasladada a la Subcomisaría de Caldera, se encontró en su posesión: 20 envoltorios de pasta base de cocaína, un envoltorio grande y un envase de metal con la misma sustancia, con un peso bruto total de 33,7 gramos; una bolsa con 2,8 gramos de cannabis sativa; una balanza y bolsas pequeñas para dosificación. * En la mochila también se encontró un cuchillo de 24 centímetros.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Tráfico de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades (posesión), artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso de especies y registro de huella genética. * Hurto falta, artículo 494 bis del Código Penal: Multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual. * Porte de arma cortante en espacios públicos, artículo 288 bis inciso 2° del Código Penal: Multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual y comiso del arma.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Remisión condicional por un año, cumpliendo los requisitos del artículo 5° de la Ley 18.216. * Se da por cumplida la pena de multa por microtráfico, por el día que estuvo privada de libertad. * Se otorga un plazo de 60 días, desde la recuperación de su libertad, para pagar las multas por hurto y porte de armas. En caso de no tener medios, puede solicitar sustitución por prestación de servicios. Si no paga o no solicita sustitución, se aplicará reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. * Se exime del pago de las costas de la causa.

Antecedentes relevantes del imputado: * Edad al momento de la sentencia: 20 años (nacida el 22 de noviembre de 2001). * Actualmente en prisión preventiva en el Centro Penitenciario de Rancagua.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: 11 N°6 y N°9 del Código Penal. * Agravantes: No concurren.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La sentencia completa se encuentra consignada en el registro de audio del Tribunal.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 4° y 1° de la Ley 20.000. * Artículo 494 bis del Código Penal. * Artículo 288 bis inciso 2° del Código Penal. * Artículos 11 N°6 y N°9 del Código Penal. * Artículo 4° y 5° de la Ley 18.216. * Artículo 17 de la Ley 19.970. * Artículo 38 de la Ley 18.216. * Artículo 49 del Código Penal. * Artículo 30 del Código Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La pena sustitutiva de remisión condicional se suspende hasta que la imputada recupere su libertad. * Deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Copiapó al decimoquinto día de recuperar su libertad. Si no se presenta, se despachará orden de detención en su contra.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * Las partes renunciaron a los plazos, quedando la resolución firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. * RUC: . * RIT: 247-2020. * Fecha: 29 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados: * 26 de febrero de 2020, aproximadamente a las 13:00 horas, ingresó a un local comercial en , donde sustrajo prendas de vestir valoradas en $19.300, escondiéndolas en su mochila. Al intentar salir, activó las alarmas pero fue retenida por los propietarios. * Trasladada a la Subcomisaría de Caldera, se encontró en su posesión: 20 envoltorios de pasta base de cocaína, un envoltorio grande y un envase de metal con la misma sustancia, con un peso bruto total de 33,7 gramos; una bolsa con 2,8 gramos de canna...

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