Penal - Rol N° O-610-2020
LIA FERNANDA CHEPE SEMMLER C/ CRISTIAN ALEJANDRO ITURRA CURAMIL
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Cabrero. * RIT: 610-2020. * RUC: 2000298147-6. * Fecha de la sentencia: 10 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a Cristian Alejandro Iturra Curamil de amenazar a su ex conviviente, Gladys Chávez Cabello, en dos ocasiones: el 15 de febrero de 2020, con la frase "Si no estaba con él no estaría con nadie" vía telefónica y el 6 de marzo de 2020, a través de un mensaje con insultos y amenazas de muerte. * El Tribunal no consideró acreditados los hechos presentados por la Fiscalía.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a Cristian Iturra Curamil por el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, previsto en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley N° 20.066. * La Fiscalía solicitó una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo. * El tribunal absolvió al imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre completo: Cristian Alejandro Iturra Curamil. * Cédula de identidad: 18.616.978-6. * No se indica profesión u oficio.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * La Fiscalía consideró la atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal (no especificada). * El tribunal no aplicó la atenuante al absolver al imputado.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Presentó solo prueba documental (denuncia de la víctima ante el Tribunal de Familia). Reconoció la falta de medios de prueba suficientes para acreditar los hechos y solicitó no ser condenada en costas. * Defensa: Argumentó que no se acreditarían los hechos, la participación ni la responsabilidad del imputado, solicitando una absolución.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que la prueba presentada por el Ministerio Público (denuncia ante el Tribunal de Familia) no era suficiente para acreditar los hechos ni el contexto de violencia intrafamiliar. * Concluyó que existía duda razonable sobre la ocurrencia de los hechos y la participación del imputado, por lo que aplicó el principio de "in dubio pro reo".
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 296 N° 3 del Código Penal (delito de amenazas). * Artículo 5 de la Ley N° 20.066 (violencia intrafamiliar). * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autoría). * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (atenuante). * Artículo 297 del Código Procesal Penal (convicción del tribunal). * Artículos 1, 48, 341, 342, 388 y 396 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se impusieron condiciones, dado que el imputado fue absuelto.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Cabrero. * RIT: 610-2020. * RUC: 2000298147-6. * Fecha de la sentencia: 10 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a Cristian Alejandro Iturra Curamil de amenazar a su ex conviviente, Gladys Chávez Cabello, en dos ocasiones: el 15 de febrero de 2020, con la frase "Si no estaba con él no estaría con nadie" vía telefónica y el 6 de marzo de 2020, a través de un mensaje con insultos y amenazas de muerte. * El Tribunal no consideró acreditados los hechos presentados por la Fiscalía.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a Cristian Iturra Curam...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.